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CCSS condonará las multas e intereses de los patronos y trabajadores independientes

Los patronos y trabajadores tendrán un año para solicitar la condonación

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Edificio oficinas centrales CCSS. Foto: Adrián Meza Cordero / AM Prensa

Redacción –Patronos y trabajadores independientes morosos con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) tendrán una condonación de recargos, multas e intereses, pues la Junta Directiva de la Caja aprobó el Reglamento a Ley N°10.232 y el Transitorio IX del Reglamento que regula la formalización de acuerdo de pago por deudas.

La institución instruyó a la Gerencia Financiera para que proceda con la publicación de la ley en el Diario Oficial La Gaceta para su entrada en vigor; así lo anunció la máster Marta Esquivel Rodríguez, presidenta ejecutiva.

La jerarca resaltó que, tras la aprobación de estos reglamentos, la institución aplicará lo dispuesto en la Ley N° 10.232 denominada “Autorización de Condonación para la formalización y recaudación de cargas sociales” y de esta forma durante un año, a partir de la publicación del reglamento en el Diario Oficial La Gaceta, los patronos y trabajadores independientes podrán solicitar la condonación de los recargos, multas e intereses ante la institución.

La funcionaria explicó que la aprobación dada por la Junta Directiva a estas normativas incorporó las observaciones recibidas por 17 sectores en el proceso de consulta pública a estos reglamentos.

Entre los cambios más relevantes que se adoptaron fue la ampliación de los acuerdos de pago por adeudos que se generen para la condonación de recargos, multas e intereses sea a 60 meses y no de 48 meses como se estipuló inicialmente.

Además, también se modificó que el caso de atraso en el cumplimiento de este acuerdo tanto el patrono como trabajadores independientes, cuentan con 90 días naturales para ponerse al día.

Finalmente, también se incorporó que en los acuerdos de pago que se establezcan durante este proceso de condonación no será requerido el pago correspondiente a los gastos de formalización que asciende a la suma de ¢50 938.00

INICIO DEL PROCESO DE CONDONACIÓN DE RECARGOS, MULTAS E INTERESES

Con la aprobación de estos reglamentos por parte de la Junta Directiva el siguiente paso es la publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Es a partir de la publicación que empezará a regir el periodo de condonación de adeudos de recargos, multas e intereses para patronos y trabajadores independientes.

El licenciado Gustavo Picado Chacón, gerente financiero de la CCSS, explicó que conforme lo estipulado en el reglamento, a partir de ese día los interesados en acogerse a la condonación de intereses, multas y recargos deben presentar la solicitud ante la institución, para lo cual cuentan con un año para realizarlo por una única vez.

Para iniciar este proceso los patronos y trabajadores independientes deben completar el formulario que estará disponible en la página web de la CCSS y en caso de contar con firma digital podrá remitirlo por correo electrónico. También puede presentarlo en las plataformas financieras de la CCSS, tanto de oficinas centrales como en las 74 sucursales a lo largo y ancho del país.

En una primera etapa, que inicia desde la publicación de los reglamentos en la Gaceta y que se extiende por tres meses, la CCSS recibirá las solicitudes de patronos y trabajadores independientes, para la creación de un registro de interesados.

A partir del cuarto mes es de vigencia del reglamento, inicia la segunda etapa, donde se tramitarán las solicitudes recibidas y se contactaran a los patronos y trabajadores independientes que presentaron la solicitud. En ese momento ya se dispondrá de la plataforma tecnológica que permitirá agilizar este proceso, así como el trámite de las nuevas solicitudes que vayan ingresando hasta finalizar el plazo de la condonación.

La CCSS también tendrá a cargo el proceso de gestionar la solicitud de condonación de los patronos ante el Fondo de Asignaciones Familiares (FODESAF) que aplicará la condonación de adeudos sobre multas e interés según lo establecido en el reglamento de aplicación de esta ley. Para ello se empleará el mismo formulario que el patrono presentará ante la CCSS.

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