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Conozca la lista de pequeños negocios que Hacienda integró al régimen simplificado

Es un sistema ideado para pequeños negocios o autoempleados

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  • Se amplían la cantidad de actividades económicas que pueden inscribirse en él.

Redacción-Si usted tiene un pequeño negocio de repostería, plantas ornamentales o suculentas, fabricación artesanal de bolsos de mano o  elaboración de bisutería preste mucha atención pues ahora puede optar por un régimen simplificado en materia de  impuestos.

A partir de este miércoles 1 de marzo el Ministerio de Hacienda comenzará a aplicar nuevas reglas para el Régimen de Tributación Simplificada, un sistema ideado para pequeños negocios o autoempleados, es decir, personas que realizan alguna actividad comercial de tipo artesanal.

Entre algunas de las actividades comerciales que  se agregaron a la lista del Régimen de Tributación Simplificada se incluye: la venta de todo tipo de repostería y pastelería, viveros de plantas ornamentales o suculentas, fabricación artesanal de bolsos de mano,  elaboración de bisutería, confección de productos textiles y accesorios para mascotas, así como servicios de serigrafía y sublimación.

La lista completa se publicó en el Diario La Gaceta https://www.imprentanacional.go.cr/pub/2023/02/02/COMP_02_02_2023.pdf)

Por ejemplo, en este Régimen de Tributación Simplificada estos pequeños negocios o emprendedores se eximen de una serie de obligaciones tributarias que sí debe cumplir el régimen general.  Como su nombre lo indica, busca simplificar las obligaciones tributarias y su ingreso es voluntario.

“Entre las modificaciones que se realizaron a este régimen, se amplían la cantidad de actividades económicas que pueden inscribirse en él, y además, se permite que negocios que explotan una franquicia o nombre comercial de un tercero ahora pueden ser parte del régimen” explicó Carlos Camacho, Socio Fundador de Grupo Camacho Internacional.

Para el asesor tributario entre los cambios publicados en el Diario Oficial La Gaceta, destacan temas relacionados al debido registro contable y control de compras, así como medidas antifraude para evitar aprovechamiento por parte de grupos económicos.

Los requisitos que deben cumplir  las personas físicas o jurídicas, para ser sujetos al régimen varían según la actividad y toma en consideración el valor de sus compras anuales, la cantidad de colaboradores, que sea solamente un establecimiento abierto al público, que sus activos fijos sean menores a 350 salarios base, entre otros.

Si por alguna razón, el negocio en régimen simplificado supera dichas condiciones, deberá moverse a régimen general, ya sea de forma voluntaria o de forma obligatoria (de oficio).

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