Con fines ilustrativos

Redacción-La Cámara de Empresas de Distribución de Energía y Telecomunicaciones (CEDET) le pidió a la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) que defina las tarifas necesarias para quienes están interesados en colocar un panel solar u otro sistema para la producción de electricidad renovable para autoconsumo, es decir, lo que se conoce como generación distribuida.

Desde el pasado 2 de febrero se publicó en el Diario Oficial La Gaceta el Reglamento a la Ley 10086 “Promoción y Regulación de los Recursos Energéticos Distribuidos a partir de Fuentes Renovables”, pero es necesario que para la aplicación plena de dicha ley,  la ARESEP defina las tarifas que el legislador le encargó elaborar.

Dentro de este debe medir parámetros como lo son : Interconexión, acceso, excedentes y reconocimiento de otros costos, las cuales son muy importantes para permitir que los usuarios de las empresas distribuidoras puedan tener claridad y seguridad jurídica sobre las nuevas reglas y los costos asociados a la instalación de paneles solares.

Dichas tarifas incluyen costos en los que deben incurrir las cooperativas eléctricas o empresas municipales, como por ejemplo,  estudios de ingeniería e  inspecciones, cada vez que una persona o empresa solicita colocar un panel solar en su zona de influencia.

Asimismo, lo relacionado con lo que pagará el usuario por la tarifa de acceso que comprende la capacidad máxima que la distribuidora debe tener disponible para atender las necesidades totales del usuario, así como la tarifa que contempla otros costos asociados.

Por último, dado que la ley eliminó el neteo de energía, también debe fijarse el precio al que la cooperativa o empresa municipal puede comprar excedentes de energía que le sobran al generador distribuido, en caso de que la empresa distribuidora lo necesite.

“Es muy importante que los usuarios conozcan que la instalación de paneles solares conlleva varios costos asociados, no solo al momento de su instalación sino también mes a mes y durante todos los años en que van a estar funcionando. Hay responsabilidades que se requiere contemplar ya que un panel solar podría afectar la red eléctrica de la distribuidora y por consiguiente a otros usuarios también. 

Nos preocupa que los vendedores de paneles no estén informando a los usuarios sobre los costos establecidos por la nueva ley y puedan estar induciendo a las familias y empresas a tomar decisiones precipitadas”, explica Allan Benavides, Presidente de CEDET. 

Para CEDET es imperativo la creación y publicación de los instrumentos regulatorios establecidos en la ley que tanto necesitan los usuarios y las empresas distribuidoras.

CEDET está compuesta por CONELECTRICAS R.L, COOPESANTOS R.L, COOPEGUANACASTE R.L, COOPELESCA R.L, COOPEALFARORUIZ R.L, ESPH y JASEC.