Reforma a la ley disminuye en ¢51 mil millones recursos destinados a CONAVI y programas sociales.
Redacción: Este martes en conferencia de prensa, el Gobierno de la República informó que asumió el compromiso de presentar un proyecto de Ley para cambiar la metodología de cálculo del impuesto a la propiedad de vehículos, modernizarlo y hacerlo mucho más equitativo.
El ministro de Hacienda, Nogui Acosta detalló que tras una larga discusión el proyecto de ley que finalmente se aprobó no permitió concretar a cabalidad los objetivos.
Nuevas modificaciones
El Jerarca manifestó que si bien esta nueva normativa modificó la metodología para estimar el impuesto, al considerar la antigüedad del vehículo y excluir la inflación para el valor fiscal, lo que permitió disminuir el monto del impuesto a pagar, el cual siempre fue uno de los objetivos del Ejecutivo, no cumple con el principio de progresividad, porque de esta reforma quienes más se beneficiarán será quienes más tienen.
El cobro del impuesto a la propiedad de vehículos, automotores, aeronaves y embarcaciones para el periodo 2024, incluye las modificaciones aprobadas en setiembre anterior por la Asamblea Legislativa, las cuales generarán una disminución en la recaudación por ¢51 mil millones, recursos que tenían como destino la atención de proyectos del CONAVI y programas sociales.
Transporte público
En el caso del impuesto para taxis, autobuses y vehículos de carga pesada, el cobro corresponderá al monto equivalente a dos por ciento (2%) de un salario base (₡9.244 con el salario base actual).
En el caso de las motocicletas, anteriormente el impuesto se pagaba sobre una tarifa preestablecida, según año y cilindraje, ahora se pagará según el valor fiscal y la depreciación calculada con nuevas tablas y nuevos tramos. Toda motocicleta de menos de ₡1.750.000 pagará únicamente ₡3.004
Si bien el total de la flotilla vehicular inscrita en el Registro Nacional sujeta al pago del impuesto corresponde a 2.8 millones de unidades, la cantidad aproximada que paga el derecho de circulación asciende a 1,6 millones de vehículos.
Vehículos que ingresen al país
Dado el cambio en la normativa, para los vehículos que ingresen al país a partir del 01 de noviembre el Ministerio estableció un mecanismo transitorio para el cálculo del impuesto, el cual será aplicable hasta que se cuente con los desarrollos tecnológicos requeridos. Esto permitirá la determinación del impuesto de cada vehículo por parte de Hacienda y la remisión de la información de manera diaria al INS, para que este ponga al cobro el impuesto que corresponda.
Excepciones de ley y condonación de marchamos pendientes
Según la Ley 10.390 pagarán el monto que resulte mayor entre el impuesto a la propiedad de vehículos del año 2023 y del 2024, cualquier tipo de vehículo o motocicleta, propiedad personal o de sus cónyuges o, convivientes, así como aquellos registrados a nombre de personas jurídicas en las que tengan participación quienes ocupen los siguientes cargos:
Presidente de la República
Vicepresidentes
Ministros
Viceministros
Diputados
Estas mismas personas tampoco podrán acogerse a la condonación de marchamos pendientes de pago, anteriores a 2024, establecida en la Ley 10.389. A ellas se suman:
Miembros de los Supremos Poderes
Magistrados de la Corte Suprema de Justicia
Magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones
Contralor y Subcontralor de la República
Procurador y Subprocurador General de la República
Defensora y Defensora Adjunta de los Habitantes
Superintendente General de Entidades Financieras (SUGEF)
Superintendente General de Valores (SUGEVAL)
Superintendente General de Seguros (SUGESE)
Superintendente General de Pensiones (SUPEN)
Jerarcas y Miembros de las Juntas Directivas de los Bancos del Estado y de las Instituciones Públicas
Alcaldes, Vicealcaldes e Intendentes
Desde este 01 de noviembre, esta condonación:
Aplica siempre que se pague lo correspondiente al período 2024, antes del 1 de enero de 2024. La condonación será efectiva con solo el pago de este derecho de circulación.
Incluye total del principal, ajustes, intereses, multas y sanciones.
Para efectos de la desinscripción de vehículos automotores por desuso, la condonación se aplicará a
todos los períodos adeudados.
Se excluye de este beneficio a embarcaciones y aeronaves.