El feriado pendiente del 2023 es el del 25 de diciembre

Este viernes 1 de diciembre se conmemora los 75 años de la Abolición del Ejército. Este año no fue trasladado como el anterior y todos los empleados tendrán derecho a un día de descanso sin importar su modalidad de pago.

Según establece el Código de Trabajo, «es un día feriado de pago no obligatorio y es importante aclarar que, aunque la empresa sea nacional, transnacional o internacional, tienen que conceder ese día feriado a las personas funcionarias que trabajan en Costa Rica», detalla el Ministerio de Trabajo.

Para este feriado habrá dos modalidades de pago.

PAGO SEMANAL

Las empresas que tienen pago semanal (en actividad no comercial), es decir, que reconocen en el salario sólo el tiempo efectivamente laborado de la semana, deben pagar los días trabajados sin incluir el pago del día feriado. Si se labora ese día, se paga un salario sencillo.

Bajo esta modalidad de pago semanal, si se trabajan horas extra en este feriado, deben remunerarse a tiempo y medio, sobre la hora ordinaria.

PAGO QUINCENAL O MENSUAL

Los centros de trabajo que pagan mensual o quincenalmente y los dedicados al comercio que pagan semanalmente, reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados. En estos casos, deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo el 01 de diciembre. Si laboran ese día feriado, deben agregar el salario de un día sencillo para completar el pago doble.

Bajo esta modalidad de pago mensual o semanal en actividad comercial, si el día feriado se laboran horas extras, cada hora se calcula a tiempo y medio sobre la hora doble.

El feriado pendiente del 2023 es el del 25 de diciembre, día en que se celebra la Navidad y de acuerdo con el Código de Trabajo es un día de pago obligatorio.