Redacción- Un hombre deberá pasar los próximos tres meses en prisión preventiva como sospechoso del femicidio de su amiga Joanna Quirós Chacón.
El detenido, de apellidos Vergara Suárez, es sospechoso del delito de femicidio en otros contextos.
Los hechos con los que se le vincula ocurrieron este domingo 2 de marzo, en un apartamento ubicado en Merced, San José, donde el imputado vivía con la víctima.
Según las investigaciones preliminares, ambos tuvieron una discusión, y en un momento determinado, Vergara Suárez habría atacado a Joanna Quirós, causándole la muerte por asfixia.
La Fiscalía continúa con la investigación del caso, mientras que el imputado enfrentará el proceso judicial correspondiente por el presunto femicidio.
¿Qué es un femicidio en otros contextos?
De acuerdo con el Artículo 21 bis de la Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres, un Femicidio en otros contextos ocurre cuando concurra una de las siguientes circunstancias:
a) Cuando la persona autora se haya aprovechado de una relación o vínculo de confianza, amistad, de parentesco, de autoridad o de una relación de poder que tuviera con la mujer víctima u ocurra dentro de las relaciones familiares de consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado, sea que comparta o no haya compartido el mismo domicilio.
b) Cuando la persona autora tenga antecedentes de violencia perpetrada contra la mujer víctima, en el ámbito familiar, laboral, estudiantil, comunitario o religioso, aun cuando los hechos no hayan sido denunciados con anterioridad.
c) Cuando la persona autora sea cliente explotador sexual, tratante o proxeneta de la mujer víctima.
d) Cuando la mujer víctima se había negado a establecer o restablecer, con la persona autora, una relación o vínculo de pareja permanente o casual, o a tener cualquier tipo de contacto sexual.
e) Cuando la persona autora comete el hecho para preparar, facilitar, consumar u ocultar un delito sexual.
f) Cuando la persona autora haya cometido el hecho utilizando a la mujer víctima como un acto de venganza, represalia o cobro de deudas en crímenes organizados de narcotráfico u otros delitos conexos.
g) Cuando la persona autora haya cometido el hecho en razón de la participación, el cargo o la actividad política de la mujer víctima.