Redacción- Pese a que la suspensión de servicios en el sector público va del lunes 25 de diciembre al 8 de enero, el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) retomará labores el martes 2 de enero, en su horario habitual de 7 am a 3 pm, en todas sus sedes.

Uno de las áreas con más visitación es el Departamento de Atención Servicio al Usuario, que comprende las oficinas de infracciones, impugnación de multas, devolución de placas, de vehículos y de licencias.

El Lic. Carlos Rivas, Director Jurídico del Consejo, detalló que la medida adoptada busca brindar la oportunidad a los infractores de tramitar lo antes posible sus diligencias. De esta forma, no se brindará servicio únicamente durante una semana, la última del año, y el feriado del primero de enero.

A las personas que se les decomisen las placas, el vehículo o la licencia a partir del 22 de diciembre, si no logran tramitar la devolución ese mismo día, podrán realizar su diligencia hasta el martes 2 de enero.

Rivas recalcó que depende de cada persona el pasar un trago amargo a fin de año. Solo las personas que infringen la Ley de Tránsito son sancionados, señaló, al tiempo que les recordó que desde el 17 de julio, tras la reforma a la Ley de Tránsito, se puede sancionar sin la presencia del conductor, lo que ha generado un aumento en las placas decomisadas.

Adicionalmente al pago de las multas, Rivas señaló que a los conductores que se les decomise el vehículo deberán pagar por cada día de custodia un monto de ¢3.655,14; además del monto del acarreo, que en un recorrido menor a 6 km es de ¢6.121,56.

Impugnación

Si a una persona se le multa a partir del viernes 22 de diciembre, tendrá 10 días hábiles para impugnar, si lo estima necesario.

Así las cosas, su primer día hábil correrá a partir del 2 de enero, de ahí que podrá apelar incluso el lunes 15 de enero próximo, como fecha máxima, detalló Rivas.

El funcionario recalcó que las personas solo deben impugnar cuando estimen que fueron sancionados de manera injusta con la prueba respectiva y no como “una lotería” a ver si “la pegan”.

Las multas de Tránsito prescriben en siete años con la actual Ley de Tránsito, por lo que, en caso que el argumento no sea de recibo, lo más que logrará hacer el infractor es postergar el pago de la multa, pero para renovar la licencia tendrá que pagarla, incluso hasta con intereses, en algunos casos.