La ley se firmó esta mañana. AMPrensa.com
  • Evento se realizó en la Plaza de la Justicia en compañía de otros integrantes de su gabinete

Redacción.  Con el propósito de poner una pena de cárcel de 4 a 8 años a quien adquiera o comercialice armas prohibidas y de 3 a 5 años para quien tenga un arma de forma ilegítima o no la haya inscrito, Carlos Alvarado, presidente de la República, firmó que la Ley General de Armas y Explosivos.

El evento se realiza en la Plaza de la Justicia y contó con la participación de Michael Soto, ministro de Seguridad Pública, Eduardo Solano, viceministro de Seguridad y Fernando Cruz, presidente de la Corte Suprema de Justicia.

El proyecto fue aprobado por la Asamblea Legislativa, luego de ser discutido ampliamente bajo el expediente 20.508.

Paralelamente, los legisladores acogieron en primer debate otra reforma a la Ley de Armas y Explosivos, tramitada bajo el expediente 20.509 y la Sala Constitucional recomendó este miércoles que las personas únicamente puedan portar dos armas.

“Estamos demostrando, con medidas como ésta, que Costa Rica es capaz de avanzar hacia un país más seguro y con menos impunidad”, expresó el mandatario.

La reforma rubricada establece entre otros cambios, el aumento en las penas de tenencia ilícita de armas tanto legales como prohibidas.


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De esta forma, la pena privativa de libertad pasará de 4 a 8 años a quien adquiera, comercialice, transporte, almacene, introduzca al territorio nacional, nacionalice, exporte, oculte, fabrique, ensamble, transforme, ejerza labores de corretaje nacional o internacional o utilice armas prohibidas por esta ley, sus partes y componentes.

Además, se aumenta el tiempo de condena de cárcel de 3 a 5 años a quien tenga un arma de forma ilegítima y no la haya inscrito.

Se establece la obligación del vendedor de un arma de informar sobre el trámite al Departamento de Armas y Explosivos del Ministerio de Seguridad Pública.

Las reformas aprobadas aplican también sanciones económicas para quienes no reporten o denuncien la pérdida o sustracción de un arma en un plazo de 5 días, con multas de 10 a 60 días.