• Se presentaron dos denuncias por creación de UPAD

Redacción- La Fiscalía aún no ha abierto una investigación en contra del presidente por la creación de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos.

Pese a eso, en las próximas horas se podría abrir la investigación en contra de el mandatario Carlos Alvarado, debido a que se recibieron dos denuncias por el tema.

Ambas denuncias fueron interpuestas por dos reconocidos abogados: Juan Diego Castro y Gloria Navas.

«La Fiscalía General confirmó que ingresaron dos denuncias relacionadas con el tema. La primera ingresó a las 9:25 a.m. y la segunda 10 minutos después», indicó la Fiscalía. 

Las dos denuncias que fueron recibidas por la Fiscalía, serán enviadas a la fiscal Emilia Navas para su análisis y la apertura de la respectiva investigación.

«Ambas denuncias serán remitidas al despacho de la fiscala general, Emilia Navas Aparicio, para el respectivo análisis y la apertura de la respectiva investigación», comunicó el ente.

Los dos penalistas interpusieron las denuncias por varios delitos que, aparentemente, el presidente violentaría a los costarricenses con la creación de la unidad.

Navas asegura que el mandatario viola los artículos 11 y 24 de la Constitución Política.


ARTÍCULO 11.- Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad. Están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella.

Deben prestar juramento de observar y cumplir esta Constitución y las leyes. La acción para exigirles la responsabilidad penal por sus actos es pública.

La Administración Pública en sentido amplio, estará sometida a un procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas, con la consecuente responsabilidad personal para los funcionarios en el cumplimiento de sus deberes.

La ley señalará los medios para que este control de resultados y rendición de cuentas opere como un sistema que cubra todas las instituciones públicas.

ARTÍCULO 24.- Se garantiza el derecho a la intimidad, a la libertad y al secreto de las comunicaciones.


Por su parte, Castro acusa al presidente de prevaricato y violación de datos personales con la creación de la UPAD.


Código penal

ARTÍCULO 350: Se impondrá prisión de dos a seis años al funcionario judicial o administrativo que dictare resoluciones contrarias a la ley o las fundare en hechos falsos. Si se tratare de una sentencia condenatoria en causa criminal, la pena será de tres a quince años de prisión.

Lo dispuesto en el párrafo primero de este artículo será aplicable en su caso, a los árbitros y arbitradores.

ARTÍCULO 196: Será reprimido, con prisión de uno a tres años, quien abra o se imponga del contenido de una comunicación destinada a otra persona, cualquiera que sea el medio utilizado.


Por otra parte, los diputados también se han mostrado en contra de la UPAD y han manifestado diferentes posiciones.

La diputada del Partido Liberación Nacional, Franggi Nicolás, y la legisladora independiente, Carmen Chan, solicitaron que se allanara Casa Presidencial.