- Procuraduría no presentó recurso de casación
Redacción- El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, en resolución No. 009-2020-VII de las 10:30 a.m. del 4 de febrero de 2020, bajo el expediente No.19-005303-1027-CA, dio con lugar la interpretación que el Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica (CMVCR) tenía acerca de que los servicios profesionales no debían ser gravados al 13% sino al 4%.
Lo anterior porque de conformidad con lo indicado por el artículo 40 de la Ley General de Salud, los profesionales con licenciatura o grado mayor en Medicina Veterinaria, son profesionales en ciencias de la salud.
“La Procuraduría General de la República no presentó recurso de casación, por ende, la sentencia quedó en firme desde el pasado 26 de febrero en primera instancia. Esto significa que los usuarios cuando lleven a sus mascotas deberán pagar 4% de IVA”, dijo la Doctora Silvia Coto Mora, Presidenta del Colegio Profesional de Médicos Veterinarios de Costa Rica (CMVCR).
La sentencia dice en el por tanto que “se declara que el artículo 23 inciso b) del decreto ejecutivo No.41779-H es contrario al ordenamiento jurídico al excluir de su aplicación a los profesionales en ciencias de la salud en la especialidad Veterinaria y por ende, se procede a su anulación. Dicha anulación surtirá efectos declarativos y retroactivos a la fecha de entrada en vigencia de la norma, todo sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe y de las situaciones jurídicas que se hayan consolidado durante la vigencia de la misma”.
“Estamos a la espera de que el Ministerio de Hacienda realice los ajustes necesarios en los sistemas informáticos para que los usuarios sientan el ahorro en sus bolsillos”, expresó la doctora Coto.
Cabe resaltar, que los productos asociados a los servicios profesionales de medicina veterinaria se mantienen con el IVA al 13%.