- Fideicomiso recordó que las tasas de peaje en la Ruta N. ° 1 no contemplan utilidades o ganancias
Redacción-El Fideicomiso Ruta Uno anunció a partir del próximo lunes 16 de agosto de 2021, comenzará a regir un ajuste extraordinario en las tasas de peaje ubicadas a lo largo de la Ruta N. º 1, por efecto en la inflación externa.
Conforme la nueva estructura tarifaria aprobada al Fideicomiso Ruta Uno, los ajustes por efecto de variaciones en el Índice de Precios al Consumidor de los Estados Unidos (CPI-U) se realizan anualmente, en forma ordinaria.
No obstante, cuando la variación absoluta en la inflación acumulada es igual o superior al 1,82% antes de que concluya el respectivo año, como en el presente caso, se debe aplicar un ajuste extraordinario.
“Estos ajustes se aplican en forma anticipada y extraordinaria solo cuando la inflación acumulada tuviese una variación absoluta igual o superior al 1,82%, para lo cual, se revisa con una periodicidad mensual, los valores del CPI-U publicados por la Oficina de Estadísticas del Trabajo (Bureau of Labor Statistics) de los Estados Unidos de América y, en caso de resultar la variación superior a ese porcentaje, el Fideicomiso Ruta Uno activa el protocolo establecido para la aplicación del ajuste extraordinario” explicó Iván Flores, Gerente Financiero del Fideicomiso Ruta Uno.
De acuerdo con los cálculos realizados por el Fideicomiso Ruta Uno, con base en la metodología aprobada para el ajuste de las tasas de peaje, tanto en Río Segundo (carretera General Cañas) como en Naranjo (carretera Bernardo Soto), los vehículos livianos y motocicletas continuarán pagando las tasas vigentes.
Sin embargo, para las categorías de buses y vehículos pesados percibirán variaciones de ₡25 en el peaje de Río Segundo y entre ₡50 y ₡100 en el peaje de Naranjo, tal como se muestra en el siguiente recuadro:
Categoría de vehículo | Estación | |
Tarifa General Cañas Estación Río Segundo(cobro en sentido San José-Alajuela) | Tarifa Bernardo Soto Estación Naranjo (cobro en sentido San Ramón-Alajuela) | |
Moto | ₡ 275 (sin variación) | ₡ 550 (sin variación) |
Liviano | ₡ 275 (sin variación) | ₡ 550 (sin variación) |
Autobuses | ₡ 725 (aumento de ₡25) | ₡ 2.550 (aumento de ₡50) |
2 ejes | ₡ 875 (aumento de ₡25) | ₡ 2.500 (aumento de ₡75) |
3 y 4 ejes | ₡ 975 (aumento de ₡25) | ₡ 2.775 (aumento de ₡75) |
5 o más ejes | ₡ 1.300 (aumento de ₡25) | ₡ 4.200 (aumento de ₡100) |