Redacción – La Comisión Plenaria de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), luego de analizar la información que consta en el expediente y tras la inspección realizada días atrás solicitada por el Ministro de Ambiente y Energía, Edgar Gutierrez, ha resuelto tomar como medida cautelar la paralización del proyecto hasta tanto se logren solventar varios aspectos, según lo indicado en la resolución # 956-2017-SETENA
De esta forma, SETENA paraliza de forma inmediata cualquier actividad relacionada al inicio de la eliminación de la cobertura del área del proyecto (plantaciones forestales, no forestal, arrozales, árboles en terrenos de uso agropecuario y sin bosque, y construcción de infraestructura), antes de realizar las labores de mecanización y preparación del terreno para sembrar el monocultivo de piña.
Entre las razones por las cuales la Comisión Plenaria de la SETENA tomó esta decisión se encuentra que el Área de Conservación Osa (ACOSA) del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) debe limitar en campo las áreas de ecosistema de humedal que se encuentran en dichas fincas.
Una vez delimitadas las áreas por ACOSA, el Desarrollador Corporación Agrícola del Monte S.A., deberá poner mojones en dichos humedales con la asesoría y en base a la delimitación efectuada por el SINAC-ACOSA. Además, se prohíbe la siembra de piña en áreas de humedales, según se desprende del inciso a), d) y e) del artículo N° 99 de la Ley Orgánica del Ambienta N° 7575.
Otra de las razones de peso que la Comisión destaca en su resolución, es solicitud al Museo Nacional de Costa Rica, para que se pronuncie con respecto al Informe de Inspección de Arqueología Rápida que consta dentro del expediente administrativo, y que a su vez pueda emitir recomendaciones a SETENA sobre el mismo.
También se le solicita al desarrollador no iniciar el movimiento de suelo o mecanización y preparación del terreno para sembrar el monocultivo de Piña, hasta tanto el Museo Nacional no se pronuncie en cuanto a la necesidad de desarrollar una evaluación arqueológica completa en sitios diferentes a los ya identificados. Para dicho pronunciamiento el Museo dispondrá de un mes.
Otras de las razones señaladas por SETENA, tienen que ver con que el desarrollador proceda a cumplir con el nombramiento del responsable ambiental y con la habilitación de la bitácora ambiental.