San José – Este jueves vence el plazo para pagar el primer pago parcial del Impuesto Sobre la Renta.

Si no se cancela, el contribuyente se expone a multas económicas e  intereses a fin de año. Así lo recuerda el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

El pago parcial es un anticipo del Impuesto sobre la Renta (ISR) que deberá liquidarse a fin de año con la debida declaración, según lo establece el artículo 22 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

“Los pagos parciales son tres adelantos del impuesto sobre la renta, obligatorios según la Ley. El primer pago se hace en marzo, el segundo en junio y el tercero en setiembre de cada año”, explicó el presidente del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, Francisco Ovares.

Por ejemplo, si un contribuyente pagó por ISR en 2015 ¢10.000, se determina que los pagos parciales trimestrales para el periodo 2016 constituyen el 25% de ese monto, es decir, cada pago será de ¢2.500.

Cuando presenta su declaración de renta en diciembre 2016 se determina un ISR  a pagar de ¢12.000 y, como ya había realizado tres pagos parciales que suman ¢7.500, deberá liquidar la diferencia del impuesto por ¢4.500.

Ovares indicó que si el contribuyente no realiza los pagos parciales acumulará intereses del 1.17% mensual.