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Ticos no conocerán los informes por desplante de Solís en la ONU

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Redacción- Este viernes, la Sala Constitucional declaró sin lugar un recurso de amparo en contra del canciller  Manuel González para que revelara los detalles del desplante del presidente Luis Guillermo Solís y la primera dama, Mercedes Peña en la sesión plenaria en la ONU en Nueva York, el 20 de setiembre.

El recurso se resolvió por unanimidad, mediante sentencia número 2016-16359.

En la petición, querían que se revelaran los informes presentados al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto por parte del Embajador de Costa Rica ante la República Federativa de Brasil, y cuyo suministro había sido expresamente denegado por el señor Canciller.

La Sala Constitucional estimó, que en  el caso concreto, por la naturaleza de los informes,  se trata de un caso de aplicación directa del artículo 30 de la Constitución Política, de tal forma que los informes se encuentran cubiertos por el secreto de Estado, al tratarse de asuntos concernientes a las relaciones internacionales y la política exterior del país, asuntos que, en tesis de principio, no tienen control jurisdiccional.

La Sala estuvo integrada por el Magistrado Presidente, Ernesto Jinesta Lobo, y los Magistrados Fernando Cruz Castro, Fernando Castillo Víquez, Paul Rueda Leal, Nancy Hernández López, Luis Fernando Salazar Alvarado y José Paulino Hernández Gutiérrez.#AMPrensa

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