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Alcalde de Garabito a juicio por construir boulevar sin permiso de SETENA

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Redacción- El próximo 21 de febrero a las 10 a.m., en el Tribunal Contencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial de Goicoechea se iniciará un juicio contra la Municipalidad de Garabito y el Alcalde de Garabito, Tobías Murillo.

Lo anterior porque ese gobierno local y el funcionario incumplieron una sentencia que obligaba a detener la construcción de un Boulevard en Playa Jacó, obra que carece de la respectiva licencia de la Secretaria Técnica Nacional Ambiental (SETENA).

Durante el pasado 7 de diciembre, mediante la resolución 2832-2016, el Tribunal ordenó “la suspensión inmediata de las obras constructivas del proyecto de infraestructura denominado “Boulevard en Playa Jacó” realizadas por la Municipalidad de Garabito o contratadas por esta”.

En esa zona de Playa Jacó, el municipio de Garabito construye ese paso  –que incluye otras obras como estacionamientos- iniciativa que tiene un costo superior a los ¢ 120 millones de colones, según datos de la misma comuna.

Desobedecen sentencia

No obstante, el fallo del Tribunal, la Municipalidad de Garabito ignoró la sentencia; de modo, que prosiguió con las obras tal como consta en un vídeo del pasado 3 de febrero aportado por el Abogado de Energy Law Firm, Walter Brenes.

“Estamos solicitando se tomen acciones para que el Alcalde del cantón de Garabito respete la orden dada por de un Juzgado de la República, por cuanto consideramos sumamente grave que un funcionario público llamado a acatar las Leyes, las esté desacatando”, afirmó Brenes.

La Jueza Ejecutora, Saidy Jiménez, en resolución del pasado 8 de febrero llamó a declarar al Alcalde el 21 de febrero día en que deberá “comparecer de manera personal…bajo apercibimientos legales en caso de omisión, es decir de ser ordenado su traslado por medio de la fuerza pública” a efectos de que Murillo explique porque razones el municipio prosigue con las obras del Boulevard, a pesar de la sentencia que obliga a paralizar los trabajos.

Además, el Tribunal Contencioso Administrativo puede remitir la información al Tribunal Supremo de Elecciones para una eventual cancelación de credenciales.

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