San José – La Sala Constitucional rechazó este miércoles las acciones de inconstitucionalidad contra la ley que regula el servicio público en modalidad taxi.

Asimismo, los magistrados no juzgaron la constitucionalidad de la operación de la modalidad Uber, es decir, la aplicación podrá seguir operando normalmente, pues no viola la Constitución Política.

La Sala señaló que la operación de Seetaxi, así como de aplicaciones como Uber no lesionan la libertad de comercio.

«No se trata de un monopolio sino de un servicio público, que fue declarado de esa manera por el legislador en uso de su facultad de configuración legislativa, por lo que no se requería de una ley aprobada por una mayoría calificada. La existencia de un servicio público gestionado, directa o indirectamente (a través de concesionarios), no lesiona la libertad de comercio», indicaron los magistrados de la Sala.

El gerente de Uber, Humberto Pacheco, había señalado la semana anterior que el fallo de la Sala no afectaría el funcionamiento de la aplicación.

«El eventual fallo versa únicamente sobre la reforma de Ley para el Servicio Especial de Taxis (Seetaxi), no sobre alternativas innovadoras que permiten mayores opciones para movilizarse en nuestro país. El fallo no aplicará a la plataforma ni a los socios colaboradores que forman parte de la comunidad de autoabastecimiento”, dijo Pacheco en su momento.

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El gremio de los taxistas habían interpuesto los recursos para buscar traer abajo el funcionamiento de la aplicación, así como de las otras modalidades como Seetaxi y los porteadores.