San José – Los magistrados de la Sala Constitucional evitaron referirse a la legalidad de la aplicación Uber en el país en fallo emitido este miércoles que da luz verde al funcionamiento a otras alternativas de transporte.

La Sala señaló mediante el fallo en el que se rechazan las acciones de inconstitucionalidad, que el funcionamiento de otras modalidades como Seetaxi no lesionan la libertad de comercio en el país, pues constituyen un servicio público directo.

No obstante, evitaron juzgar la constitucionalidad de Uber, pues afirman que no se ha determinado si esa aplicación es parte de la Ley de Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas (Seetaxi), por lo que no se puede emitir criterio.

«Tampoco se determina la legalidad o ilegalidad de la actividad de la plataforma denominada UBER porque ello dependerá de la calificación de esa actividad como servicio de taxi o de porteo de personas, delimitación que no corresponde a la Sala, ni fue objeto de pronunciamiento en esta acción de inconstitucionalidad», dijo la magistrada Nancy Hernández en el fallo.

La semana anterior, el gerente de Uber. Humberto Pacheco, fue claro en que el fallo no afectaría el funcionamiento de la aplicación, pues en los recursos fue impugnada la ley de Seetaxi y no Uber.