Redación – Con la Semana Santa muy cerca, el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), el Departamento de Atención Servicio al Usuario, en La Uruca y en las oficinas regionales, anunció que cerrará sus puertas este viernes 7 de abril a las 3:00 de la tarde y reanudará labores el lunes 17 de abril a las 7:00 de la mañana.

De manera que los conductores que cometan faltas a la Ley de Tránsito, que ameriten el decomiso del vehículo, las placas o la propia licencia, no podrán realizar el trámite de devolución durante estas fechas.

Para el Director Jurídico del Consejo de Seguridad Vial, Lic. Carlos Rivas, con las vacaciones colectivas decretadas por el Gobierno de la República para los días 10 y 12 de abril, a los que se les suma el Día de Juan Santamaría (11 de abril), Jueves y Viernes Santos, los conductores deberán tener todavía más cuidado en su comportamiento vial, pues se arriesgan a pasar 10 días sin conducir su vehículo.

El funcionario especificó, que el decomiso del vehículo, placas o la licencia procede en faltas por no tener el marchamo o el seguro obligatorio al día, conducir sin estar acreditado como conductor o conducir con cierto nivel de alcohol en sangre, entre otras.

De igual forma, se aplica en casos de servicio ilegal de transporte de personas o conducir con la licencia suspendida, o cuando se acumulen 12 puntos en la licencia, por ejemplo.

Asimismo mencionó, que si a una persona se le decomisa el vehículo deberá pagar por cada día de custodia un monto de ¢3.655,14.

Así, un automotor decomisado el viernes 7 de abril tendría que pagar por custodia, mínimo, ¢36.551,40.

Para retirar el vehículo se deben cancelar previamente todas las multas que el infractor tenga pendientes.

En el primer bimestre del año se decomisaron 2.125 vehículos y 6.705 pares de placas. Los casos más frecuentes se dieron con las motocicletas, con 1.883 unidades decomisadas y 3.172 matrículas retenidas.

También destacan 3.048 pares de placas de automóviles tipo sedán decomisadas.

Impugnación

Cualquier multa hecha entre el viernes 7 y el domingo 16 de abril se podría impugnar durante los siguientes 10 días hábiles, que correrían a partir del lunes 17 de abril.

Rivas detalló, que se debe insistir para que solamente se impugnen las multas que de verdad el usuario estima que son injustas y no como una práctica a ver “si la pegan”.

En ese sentido, los argumentos planteados deben ser suficientemente válidos para que no sea rechazada la apelación. Si se le da curso, no es garantía de que se le dará la razón, solo que será estudiada.

Si la impugnación no procede, el infractor deberá pagar, tarde o temprano, la multa, incluso con intereses si tarda en pagarla.

Después de Semana Santa, para multas hechas entre el 7 y el 16 de abril, ambos inclusive, el usuario podría impugnar entre el 17 y el 28 de abril.