Redacción- Un conductor podrá negarse a realizar la prueba de expiración de aire, para saber si está bajo los efectos del alcohol; sin embargo, por esa negativa se le aplicará una multa de ¢306.850,21 y acumulará 6 puntos en la licencia.
“Es una reforma que estamos convencidos salvará vidas y le dará mejores herramientas a las autoridades de Tránsito para procurar un mejor flujo vehicular y mayor seguridad vial en nuestras carreteras”, expresó Mario Durán, Viceministro de Reformas y Proyecto.
Por su parte, la Licda. Cindy Coto, Directora del Consejo de Seguridad Vial, explicó que en cuanto al tema de negarse a realizar la prueba de alcohol, se deberá generar un reglamento que complemente la reforma, pero se trabajará desde ya en esa herramienta jurídica para que se pueda aplicar lo antes posible.
Otro punto medular en la reforma, es la posibilidad de confeccionar partes impersonales, es decir multar sin la presencia del conductor, algo que será de un valor mayúsculo en el caso del mal estacionamiento, ya que muchas veces se estacionan vehículos frente a hidrantes o en zona amarilla o incluso en la acera y están quedando impunes.
Durán también destacó entre los principales cambios en temas de seguridad vial la reforma que quita el beneficio a los conductores de motos pequeñas de circular con licencia B-1. El año pasado se vendieron 70.000 motos, eso quiere decir que se inscriben unas 200 motos diarias, solo para ese año 2016 se reportaron 199 motociclistas muertos, siendo el vehículo sobre el cual murieron más personas.
El exceso de ruido o de gases contaminantes también tuvo variaciones, tanto en sus parámetros de tolerancia, como en el monto de la multa. Así, el exceso de ruido pasó de una sanción de ¢21.992,68 a ¢306.850,21.
Mientras que los gases contaminantes también tendrán un incremento en la sanción, al pasar de ¢51.316,25 a ¢306.850,21. Estas dos multas al pasar a la categoría A, también implican acumular 6 puntos en la licencia.
El exceso de pasajeros también se podrá sancionar de manera directa con la reforma a la Ley. Actualmente, cuando en un vehículo viajan más ocupantes de los permitidos, se debe sancionar por no portar el cinturón de seguridad. Una vez publicado el cambio en la Ley se sancionará directamente por exceso de capacidad, con una multa de ¢103.679,77.
Con algunas excepciones, ahora también se penalizará económicamente a quien lleve personas en los cajones de los vehículos tipo pick up y se impondrá una multa de ¢51.316,25 a la persona que desobedezca las instrucciones de un oficial de Tránsito.
Otro aporte a la seguridad vial son las sanciones a quienes lleven carga en los vehículos y no la cubran adecuadamente, como las vagonetas que transportan tierra y por falta de cuidado caen del vehículo algunos materiales que ponen en riesgo a otros conductores o causan daños a otros automotores.