San José – Los diputados de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso dictaminaron el proyecto de ley para que las personas que cambien de género puedan cambiar su identidad.
El proyecto legisla en torno al reconocimiento y protección de la identidad de género autopercibida por las personas solicitantes, la rectificación de género y cambio de nombre en sede administrativa, y la protección de la persona en lo que respecta a trato digno y a la confidencialidad o intimidad.
“El proyecto parte de las recomendaciones de la Comisión Europea de Derechos Humanos sobre Derechos Humanos e Identidad de Género de julio de 2009. Incorpora a nuestra legislación normativa sobre el reconocimiento y protección de derechos fundamentales relativos al género y la identidad de las personas”, señaló la diputada del PAC, Marcela Guerrero.
El cambio o alteración del nombre no extinguirá ni modificará las obligaciones o responsabilidades contraídas por una persona bajo su nombre anterior, además, se reafirma la inmutabilidad del número de cédula de identidad como medio para verificar la identidad y obligaciones de las personas.
En el marco de los artículos 11 y 18 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el texto prohíbe las injerencias arbitrarias o abusivas en la vida íntima de las personas y tutela el derecho a un nombre propio, al reconocimiento jurídico como persona (registración, existencia, nombre) y el derecho a vivir, crecer y desarrollarse de acuerdo con la libre elección de las personas.
El proyecto ahora pasa al plenario legislativo para ser aprobado en dos debates.