Jonathan Mauri recibió los 200 millones de colones por ganar un torneo master en 2010.

Redacción– El funcionario de la Procuraduría General de la República que cometió el error en la tramitación de una demanda contra el Estado presentada por el nadador Jonathan Mauri -hermano de a ex ministra del Deporte Carolina Mauri- se pensionó un año después del yerro que le costó al Ministerio de Cultura ¢200 millones.

El funcionario a quien la propia PGR señala es Ronny Bassey Fallas, quien se acogió a su pensión desde el 31 de diciembre del
2017, por lo que actualmente no existe ninguna relación laboral con el Estado, lo que impide que pueda abrirse un procedimiento disciplinario  en su contra.

Por ello, el órgano defensor del Estado decidió archivar de inmediato el caso. Ahora, habrá que esperar si el Ministerio Público abre alguna investigación penal contra Bassey Fallas.

Según señaló este jueves la Procuraduría en torno a la posibilidad de cobrarle al exprocurador el monto pagado por el Estado, se informó textualmente:

  • Que la fundamentación de la sentencia señaló que el pago debía efectuarse como producto de una deficiente formulación legislativa, ya que fue el legislador, el que estableció que el pago debía darse a más de una persona al mismo tiempo, y que sólo bastaba con cumplir ciertos requisitos para que la Administración estuviera obligada a otorgar el premio. Asimismo, se señaló que el acto administrativo dictado por el Jurado designado para otorgar el Premio Claudia Poll 2010, no se encontraba debidamente fundamentado.
  • Que, revisados los antecedentes legislativos de la ley, consta que existieron advertencias hechas por Servicios Técnicos y la Comisión de Redacción, ambos de la Asamblea Legislativa, a los diputados en torno al excesivo premio que se estaba otorgando, sin embargo, las mismas no fueron atendidas por los legisladores.
  • Que la interpretación dada por el Tribunal Contencioso resulta razonablemente fundamentada en lo que dispone la ley, por lo que resulta dudoso afirmar que la presentación de un recurso de casación hubiese podido revertir el resultado desfavorable y hacer que no se obligara al Estado a pagar el monto condenado. Por lo que no es posible establecer una relación de causa-efecto entre la falta de interposición del recurso de casación y los montos pagados por el Estado a raíz del fallo 64-2016.

De acuerdo con la Procuraduría, el error cometido por el ahora ex funcionario se dio cuando presentó la solicitud de adición y aclaración de la sentencia 64-2016-V, solicitud que debía suspender el plazo para presentar casación, a nombre Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo, cuando lo correcto era ante Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.