Redacción-La Defensoría de los Habitantes, luego de visitar distintos centros educativos y CEN-CINAI, realiza un llamado vehemente para que se permita que las niñas, niños y adolescentes reciban todos los servicios, sin que se ponga en riesgo los derechos fundamentales como, la educación y la salud.
Con preocupación en algunas de las instituciones, los servicios de comedores escolares, o de cuido y alimentación en los CEN-CINAI, se encuentran suspendidos por completo o parcialmente, lo que hace que miles de niños y niñas no reciban los alimentos que son fundamentales para su desarrollo, y que en no pocos casos se convierte en la única comida fuerte que reciben al día.
Es por ello que se hace inminente la adopción de medidas extraordinarias, que permitan asegurar la alimentación de las personas menores de edad que acuden a los centros educativos y a los CEN CINAI y que ésta no esté condicionada a si las y los docentes se presentan a laborar.
Por otra parte en relación con el derecho a la Educación, la Defensoría ha evidenciado la suspensión completa o parcial de lecciones en los centros educativos visitados, así como la suspensión de la aplicación de exámenes de bachillerato y de ingreso a las universidades. En este sentido hemos de recordar que, la Resolución Nº2015000164 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de las 9:05 hrs. del 9 de enero de 2015, señala que:
“(…) Consecuentemente, el servicio público de educación, propio o impropio, no puede ser interrumpido o suspendido si no obedece a razones o justificaciones objetivas y graves, (…) Esta Sala ha dicho que el servicio público de educación debe ser continuo, sin interrupciones atribuibles a la Administración.”
Se llama la atención del riesgo ante un eventual aumento de la exclusión escolar si se prolonga el movimiento, siendo que durante el 2017, 14.606 estudiantes quedaron fuera del sistema educativo tras las vacaciones de medio periodo.
Es por ello, que respetando el derecho a la huelga y a la manifestación pacífica, se hace un llamado a ambas partes del conflicto para que se aseguren las condiciones, servicios y derechos de las personas menores de edad en razón del principio del interés superior.
También instan a las autoridades superiores del Ministerio de Educación Pública, al Ministerio de Salud y a la Dirección Nacional de CEN CINAI, para que definan estrategias de atención que garanticen la continuidad de los servicios de comedor y de alimentación a las personas menores de edad, matriculados y atendidos en sus diversos programas, durante el tiempo en que se prolongue el movimiento de huelga.