Redacción Un Recurso de Hábeas Corpus, interpuesto por una ciudadana que viajaba en un vehículo el pasado 29 de agosto, permitió ratificar la obligatoriedad de toda persona que vaya en un automotor a identificarse si así lo pide la Policía de Tránsito.
El día de los hechos, durante un operativo de control de transporte ilegal en Alajuela, la Policía de Tránsito solicitó a la pasajera del vehículo que se identificara, al tiempo que el conductor fue sancionado por transporte no autorizado de personas. La ciudadana se negó.
Posteriormente, explicó Alberto Barquero, Subdirector de la Policía de Tránsito, la señora interpuso un Hábeas Corpus en la Sala Constitucional, el cual fue resuelto el viernes 5 de octubre, mediante la resolución 2018-016698, declarándolo sin lugar.
Destaca dentro de lo expuesto por la Sala Constitucional que ella nunca probó que se le haya privado de su libertad de ninguna manera y, por el contrario, concluyen con base en el vídeo, que la misma ciudadana aportó, que el trato de los oficiales fue correcto, respetuoso y apegado a la legalidad, pues se comprueba que de manera adecuada le pidieron que se identificara, simplemente, explicándole que luego se podía ir.
“Para la Policía de Tránsito, la resolución de la Sala Constitucional es de gran valor, pues si bien el Recurso Hábeas Corpus pretendía endilgar algún mal actuar al cuerpo policial, más bien confirma que todo ciudadano que viaje en un automotor tiene el deber y la obligación de identificarse cuando una autoridad policial de la República, como lo son los oficiales de la Policía Tránsito, así se lo requiere”, rescató Barquero.