Inicio Nacionales Omisión del cierre fiscal podría acarrear sanciones de hasta ¢43 millones

Omisión del cierre fiscal podría acarrear sanciones de hasta ¢43 millones

0

Redacción-  El impuesto general sobre las ventas es un impuesto que recae sobre el valor agregado en la venta de mercancías y en la prestación de algunos servicios, según detalla el artículo 1° de la Ley No. 6826 del 8 de noviembre de 1982.

La omisión de realizar el proceso de cierre y por lo tanto, de presentación de las declaraciones tributarias, le puede acarrear fuertes sanciones pecuniarias, que pueden ascender incluso a ¢43.1 millones.

La fecha límite para presentar la Declaración anual resumen de clientes, proveedores y gastos específicos (D-151)  es el próximo 30 de noviembre.

De acuerdo con Gilbert Mena, coordinador del proyecto NAF-Universidad Fidélitas, el cierre fiscal es el proceso final de consolidación de saldos contables, que se hace con la finalidad de dar por terminado un ejercicio económico.

Como parte del proceso, se procede a conciliar las diferencias que surgen en el tratamiento de algunas partidas que son registradas considerando la normativa netamente contable y la forma en que deben ser consideradas de acuerdo con la legislación vigente en materia tributaria.

Para estar al día con sus obligaciones, además de las consideraciones netamente técnicas de materia contable, se requiere el acceso al portal ATV de la Administración Tributaria, ya que es el único sitio a través del cual se pueden elaborar y presentar las declaraciones tributarias.

Fidélitas brinda ayuda gratuita

Todos los miércoles y viernes, los estudiantes de Contaduría Pública de la Universidad Fidélitas brindan atención personalizada para evacuar sus consultas sobre las diversas obligaciones tributarias en el Núcleo de Asistencia Fiscal, en las instalaciones del Parque La Libertad, ubicado en Fátima de Desamparados.

El NAF- Universidad Fidélitas atiende de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m.

Salir de la versión móvil