Redacción- Con la entrada en vigencia de lo que sería el matrimonio igualitario en el país vendrían cambios en las compañías para evitar que se den conflictos entre patronos y colaboradores o entre los mismos trabajadores.

Esos cambios podrían reflejarse en los  reglamentos internos que debe tener cualquier tipo de industria. Es por esa razón que los expertos de Nassar Abogados recomiendan  aprovechar los meses previos  al 26 de mayo del 2020, día que se cumplen los 18 meses que otorgó la Sala Constitucional para que entre en vigencia las uniones civiles entre personas del mismo sexo, y que así  se haga una reforma a esos estatutos.

Ante de la consulta del porqué tiene algún tipo de implicación el matrimonio igualitario en las empresas es porque las instituciones  públicas o privadas  tienen derechos que son regulados como son  las licencias de maternidad por adopción o beneficios como  el tiempo libre para personas que se casan, las invitaciones a actividades empresariales con las familias, seguros médicos, entre otros.

Juan José Cheng, especialista en Derecho Laboral, aseguró que el principal reto que los patronos y trabajadores  enfrentan es una etapa de sensibilización en los cambios que implica este hecho trascendental e histórico en el país.

“En un principio  las condiciones que existen para parejas heterosexuales deberían aplicar para las gais. Por ejemplo, en el caso de que se pueda dar la adopción en parejas del mismo sexo que podría ser entre mujeres se debe definir quién o si ambas podrían disfrutar de esa licencia por maternidad. Es así que las empresas pueden incluirlo en una política interna para evitar conflictos futuros”, explicó Cheng.

Cheng aclaró  que aún se desconoce si la Asamblea Legislativa  va a aprobar  alguna  reforma legal  para el reconocimiento o legalización entre las uniones de personas del mismo sexo por lo que se aplicaría las mismas condiciones para los matrimonio entre cualquier persona, los cuales están estipulados en el Código de Familia.

“Lo anterior siempre y cuando los diputados no se promulguen con una ley como por ejemplo  ‘Ley de uniones de personas del mismo sexo’ y no necesariamente haya una variación en las condiciones del matrimonio como figura histórica”, mencionó Cheng.

Otro de los cambios en los que deben tener mucho cuidado las empresas es en los formulaciones de selección de personal.

“La sensibilización de las personas  dentro de las compañías es tan importante porque definitivamente no se puede permitir ningún tipo de discriminación, como por ejemplo, cuando se consulta si está casada la persona y cuál es el nombre del cónyuge porque podría darse manifestaciones de discriminación tanto en la selección de ese personal como ya cuando forma parte de la compañía”, explicó Cheng, quien cree que es posible que a partir de la entrada en vigencia del matrimonio igualitario se  pueda dar procesos de discriminación que termine en despidos de colaboradores.

Entre las recomendaciones  del especialista  para las empresas está

  • Revisar las políticas de reclutamiento de selección de personal.
  • Actualizar las políticas contra el hostigamiento laboral sexual.
  • Entregar copias de las políticas a los trabajadores porque es una obligación de las compañías.
  • Contar con la asesoría de un profesional para la creación o revisión de las políticas que tenga amplitud de criterio y que no dependa de creencias religiosas.

Entre otros cambios que pueden estarse dando desde ya en las compañías es el cambio de nombre en gafetes que permitan la identidad de género de los colaboradores. Lo cual seguiría los procesos que ya ejecuta el Tribunal Supremo de Elecciones en las cédulas de identidad.

“Las empresas deben tener mucho cuidado  y saber qué hacer en determinado caso, uno de ellos podría ser cuando una persona desea participar en un proceso de contratación para un puesto en el que la empresa busca un género en específico pero puede ser que una persona por su identidad de género quiera participar en el mismo puede tiene claro que está totalmente capacitado para el mismo”, dijo Cheng.