Inicio Nacionales Carlos Avendaño presenta proyecto para que deudores mejoren su récord crediticio

Carlos Avendaño presenta proyecto para que deudores mejoren su récord crediticio

0
Carlos Avendaño, diputado de Restauración Nacional. Archivo.
  • Iniciativa pretende reactivar la economía y facilitar el acceso al crédito

RedacciónMuchos costarricenses están imposibilitados en este momento a sacar un préstamo porque tienen manchas en su historial credicicio, es por eso que Carlos Avendaño, diputado de Restauración Nacional, presentó el proyecto:  “Ley para facilitar el acceso al crédito y reactivar la economía”, que pretende modificar el tiempo de registro de la información de comportamiento de los deudores, diferenciando entre aquellos que nunca cancelaron el monto adeudado y los que -por una situación particular- se atrasaron, pero encararon su compromiso.

“Es urgente que el país reactive la economía, además de la contracción que se genera -por ejemplo- por el desempleo, el consumo se ve limitado por las restricciones a financiamientos que tienen muchas personas, debido a su historial crediticio. Ahora, está castigándose por igual, al mal pagador frente al que sí cancela sus deudas.” sostuvo Avendaño.

La propuesta de ley, que modificaría el artículo 133 de la Ley Orgánica del Banco Central establecerá que en el registro de información crediticia solo se podrá consignar por cuatro años para aquellos deudores “que su deuda sea declarada incobrable, al que le embarguen el salario para cubrir la deuda o cuyo monto haya sido declarado incobrable en la vía jurisdiccional”.


LEA MÁS:  José María Villalta: “Hacienda perdonó deudas que pagaremos todos con el IVA”


La iniciativa del legislador, también prohíbe que, los deudores sean reportados con morosidad ante la Superintendencia General de Entidades Financieras, si cancelan la totalidad de la deuda, o cuotas atrasadas, en un plazo no mayor a tres meses calendario, contados a partir del siguiente día natural a la fecha del vencimiento del plazo original.

Además, determina: “en caso de una situación médica inhabilitante, acaecida por enfermedad o accidente, debidamente comprobada por la Caja Costarricense del Seguro Social, ese plazo comenzará a contar a partir del vencimiento de la incapacidad correspondiente, en caso de haberse emitido.”

Para Avendaño, “es injusto que se castigue por igual, por un lado, tenemos a la persona que, de forma irresponsable, incumple con su obligación y por el otro, a la que no puede honrarla a tiempo por causa de una enfermedad, un desajuste, una pérdida de empleo o un atraso en sus ingresos.”

 

Salir de la versión móvil