Redacción. Los diputados aprobaron en segundo debate el expediente 21163: «Modificación de la Ley de creación del régimen de relaciones entre productores, beneficiadores y exportadores de café», con 48 votos a favor.
Se declara de interés público lo relativo a producción, elaboración, mercadeo, calidad y prestigio del café para todos los efectos que señala la presente ley.
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De igual manera, se exonera al Instituto del Café de Costa Rica (Icafé), en todos los asuntos de su actividad, del pago de impuestos del valor agregado, renta, territorial y municipales.
La reglamentación de la presente ley establecerá las excepciones y normas de particular aplicación, para aquellos beneficios que solamente procesen y vendan café de sus propietarios.
Para operar una planta de beneficio se requiere obtener licencia del Instituto del Café de Costa Rica (Icafé), que establecerá las garantías que juzgue necesarias.
En el caso de arrendatarios de plantas beneficiadoras, el Instituto del Café de Costa Rica determinará las garantías adicionales que deben ofrecerse.
Se faculta al Instituto del Café de Costa Rica (Icafé) para que compre y venda café dentro y fuera del país, conforme a los mecanismos que se establezcan en la reglamentación de esta ley.
Queda facultada igualmente esta entidad para comercializar café con otros países, mediante trueque, siguiendo los procedimientos establecidos en la Ley 3527, Ley de Trueque, de 15 de julio de 1965 y su reglamento.
La diputada, Paola Valladares, aseguró que se sentía muy complacida por esta legislatura ya que la actividad cafetalera beneficia en la actualidad alrededor de 45.500 Productores y sus familias, con un área promedio de cultivo de 3,23 hectáreas por finca y que un alto porcentaje de estos pequeños productores con entregas de aproximadamente 100 fanegas o menos.