Foto: Fines Ilustrativos.
  • Deberán demostrar que medida es necesaria

Redacción- Los patronos podrán extender la suspensión del contrato laboral a sus empleados, tras la firma de una directriz del Ministerio de Trabajo.

La medida se toma a raíz del contexto de pandemia que enfrenta el país por el Covid-19.

«La directriz MTSS-DMT-CIR-5-2020 permite a las personas empleadoras solicitar la extensión del plazo inicial de tres meses hasta por un período igual adicional.

Esto siempre y cuando se mantenga la afectación en el giro económico de las empresas», señaló esta cartera.

El trámite, al igual que la solicitud inicial, se debe hacer de manera virtual por medio del formulario disponible en el sitio web del Ministerio de Trabajo.

En este sitio, las personas deberán enviar la solicitud e indicar que las condiciones económicas de la empresa se mantienen como cuando se realizó la petición inicial.

En el caso de las reducciones de jornada laboral, ya se previó la extensión del plazo de acuerdo con las necesidades de las empresas.

Esta medida aplica siempre basado en la afectación económica que puedan tener.

«Estamos habilitando un formulario en línea en el que los patronos podrán realizar no solo estas solicitudes, sino que podrán informar sobre cambios en las medidas de protección del empleo que habilitamos al inicio de esta pandemia», dijo la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, Geannina Dinarte Romero.


LEA TAMBIÉN: Pescadores denuncian penalmente a Presidente y a Ministro de Agricultura


Además, se podrán solicitar modificaciones en las medidas, tanto de modificación del porcentaje de reducción de jornada laboral, como de un cambio en la medida.

Este último aspecto se refiere a pasar de reducción de jornada a suspensión de contrato o viceversa.

En estos casos, se deberá hacer constar la afectación económica a través de una declaración jurada y/o por medio de una constancia emitida por un contador público autorizado.

Las empresas que realicen la solicitud por primera vez, deberán hacerlo enviando la documentación respectiva a la dirección electrónica inspeccionlaboral.emergencia@mtss.go.cr

El formulario estará disponible a partir de este lunes en el micro sitio sobre el COVID19 http://www.mtss.go.cr/elministerio/despacho/covid-19-mtss/COVID19-MTSS.html