Redacción.   Liderados por la economista, Roxana Morales y Olman Segura, la Rectoría y el Consejo Universitario de la Universidad Nacional presentaron al presidente de la República, Carlos Alvarado, una propuesta fiscal que incorpora nuevos impuestos, pero que también incluye la reducción del gasto público y acciones en materia de reactivación económica. 

Acompañaron al mandatario el ministro de la Presidencia,  Marcelo Prieto y la ministra de Planificación María del Pilar Garrido. 

Entre las iniciativas sobresalen: 

  1. Modificar la ley en lo concerniente a los ingresos de las personas físicas y profesionales liberales con actividades lucrativas.   Reformar el inciso c) del artículo 15 de la Ley 7092 del Impuesto sobre la Renta, del 21 de abril de 1988 y sus reformas, de manera que se agregue un tramo que obligue a declarar los ingresos superiores a los ¢25 millones, con un impuesto del 30%. 

  1. Modificación al impuesto sobre la renta de personas asalariadas: No se aplicaría ninguna carga adicional a los salarios o pensiones inferiores a los dos millones ciento sesenta y tres mil colones (¢2.163.000) mensuales. Solo se aplicaría un mayor impuesto a quienes obtengan ingresos mayores al monto mencionado. Es decir, una persona que perciba un salario de ¢3 millones por mes aportaría un adicional de renta de ¢41.850 colones por mes. 

  1. Impuesto a las transacciones financieras: Se recomienda la aplicación de un impuesto del 0,3% al monto total de las transacciones financieras superiores a ¢1 millón de colones que se realicen por cualquier medio del sistema bancario, público y privado, por un período de 12 meses. Se exceptúan las transacciones relacionadas con depósitos de planillas y aquellas realizadas en los cajeros automáticos.

Impuesto a las rentas y ganancias de capital: Se recomienda por un periodo de 12 meses la siguiente estructura:

  • A las rentas de capital y las ganancias de capital, del 15% al 18%;

  • Rendimientos por títulos valores en moneda nacional, del 8% al 10%;

  • Títulos emitidos por las cooperativas de ahorro y crédito, del 8% al 10%

  • Excedentes o utilidades pagadas por las asociaciones solidaristas, cooperativas u otras similares 8% al 10%.

  • Rentas por concepto de alquileres, mantendrá la tasa 15%.

  • Rendimientos de los ahorros de los asociados en cooperativas de ahorro y crédito, se mantiene el 8%.

  • Rentas por concepto de alquileres, mantendrá la tasa 15%.