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Licencias vencidas en junio y julio deben renovarse este mes tras período de gracia

Puede sacar cita en la página web

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Foto con fines ilustrativos. AMPrensa.com.
  • Licencias vencidas antes del 1° de junio, ya no tienen prórroga

Redacción – Este mes de octubre termina el período de gracia dado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) para que los conductores renueven su licencia vencida entre junio y julio de 2020.

Los documentos que hayan vencido antes del 1 de junio, no cuentan ya con prórroga, indicó el MOPT.

La prórroga se dio producto de la emergencia nacional por el Covid-19 que obligó a  interrumpir los servicios brindados por Educación Vial durante varias semanas entre los meses de marzo y junio pasado.

Desde que se habilitaron los servicios en junio pasado, la renovación se gestiona solo a través de citas.

«Actualmente, de forma semanal los días jueves se habilitan unos 3.000 espacios para tramitar este y otros servicios relacionados con la emisión de licencias, unas 700 citas no son ocupadas, es decir casi un 25% no son agendadas, por lo que siempre hay un saldo importante de espacios disponibles», indicó la institución.

Las citas para trámites relacionados con la emisión de licencias se obtienen de forma gratuita vía web.

Para obtener una, puede ingresar haciendo click AQUÍ o a través del número 9000-626356.

Además, estos servicios, excepto el de homologación, también se brindan en 57 plataformas del Banco de Costa Rica.

Los interesados deben realizar el pago del trámite antes de solicitar la cita, excepto lo que deben homologar cuyo pago luego de que son atendidos el Licencias la Uruca o las oficinas Regionales a nivel nacional.

Además, las personas que van a renovar no deben tener multas pendientes de pago.

Se recuerda que la Ley de Tránsito permite renovar la licencia 3 meses antes de su vencimiento y que la multa por conducir con el documento vencido es de ¢23 415,44.

CRONOGRAMA DE RENOVACIÓN DE LICENCIAS NACIONALES

Fecha de vencimiento de licencia

Fecha de prórroga

Del 20 al 31 de marzo del 2020 Se prórroga hasta el 31 de Julio del 2020
Del 01 al 30 de abril del 2020 Se prórroga hasta el 31 de agosto del 2020
Del 01 al 31 de mayo del 2020 Se prórroga hasta el 30 de setiembre del 2020
Del 01 de junio al 31 de julio del 2020 Se prórroga hasta el 31 de octubre del 2020
Del 01 de agosto al 30 de setiembre del 2020 Se prórroga hasta el 30 de noviembre del 2020
Del 01 de octubre al 30 de noviembre del 2020 Se prórroga hasta el 31 de diciembre del 2020
Del 01 de diciembre al 31 de enero del 2021 Se prorroga hasta el 31 de enero del 2021

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