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194 padres pasarán Navidad en la cárcel por no poder pagar pensión alimentaria

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Imagen con fines ilustrativas

Redacción– Las cárceles de nuestro país albergan a 194 personas detenidas por el no pago de pensión alimentaria.

De acuerdo con el Ministerio de Justicia y Paz (MJP), el dato más reciente de detención por pensión alimentaria hasta el lunes 21 de diciembre era de 194 personas.

Cabe mencionar que las personas obligadas a pagar una pensión alimentaria, provisional o definitiva, debían de cancelar por concepto de aguinaldo la suma equivalente a una mensualidad, debían hacerlo en los primeros veintiún días de diciembre, sin necesidad de resolución que así lo ordene.

La Ley de Pensiones alimentarias en el país en su artículo 24 establece que de  incumplirse el deber alimentario, podrá librarse orden de apremio corporal contra el deudor moroso, salvo que sea menor o mayor de setenta y uno.

El apremio corporal procederá hasta por seis mensualidades, incluyendo el período vigente, siempre que la parte que reciba los alimentos haya gestionado el cobro en forma reiterada. El apremio no procederá si se probare que al obligado se le practica la retención efectiva sobre salarios, jubilaciones, pensiones, dietas u otros rubros similares.

El apremio no podrá mantenerse por más de seis meses; se revocará, si la parte interesada recurre a la vía ejecutiva para cobrar la obligación o si el deudor alimentario la cancela.

Mientras dure la detención,  se suspende la obligación alimentaria, excepto que durante la reclusión se probare que el demandado cuenta con ingresos o posee bienes suficientes para hacer frente a la obligación. La detención por alimentos no condonará la deuda.

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