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Conape desmiente haber prestado dinero a H. Solís

H. Solís es investigada por supuestos actos de corrupción

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  • Ley creada por institución solo puede otorgar créditos educativos a personas físicas y costarricenses 
  • Préstamo para educación se encuentra en una etapa de de cobro y está al día

Redacción- Antes las últimas afirmaciones, se señala que la Comisión Nacional de Préstamos para Educación (Conape) otorgó un crédito a la empresa H.Solis, la dicha entidad desmiente la información y asegura que esas publicaciones son inexactas, falsas e imprecisa.

Además indicaron por medio de un comunicado de prensa,  que los créditos educativos solo se lo pueden brindar a personas físicas y no jurídicas y que esta misma debe ser costarricense.

«No es cierto que Conape le prestó dinero a la empresa mencionada, porque, de conformidad con la Ley de Creación de Conape, número 6041, y según el artículo 2 de dicha ley, la institución solo puede conceder préstamos a personas físicas y costarricenses, para estudios de formación técnica y educación superior para universitaria; estudios de educación superior universitaria, dirigidos a carreras y especializaciones de posgrados, dentro y fuera del país», añadió Efraín Miranda Carballo, Secretario Ejecutivo de Conape.

En cuanto a este caso, Conape, señala que el préstamo se le otorgó a una persona relacionada con la empresa H. Solís y que como consta en el expediente de créditos, el deudor fue una persona física y no una empresa privada y que además, el préstamo se utilizó con fines de estudio. 

El préstamo para educación fue aprobada en el 2015 y el dinero ya se desembolsó en su totalidad, actualmente se encuentra en etapa de cobro y está al día.


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«En este caso, no existe ninguna anomalía ni delito alguno. Conape le otorgó un crédito para educación, a una persona costarricense que cumplía con todos los requisitos, exigidos por la Ley, para el financiamiento de carrera. Como parte de la garantía que se debe aportar en cualquier crédito, el estudiante presentó, como garantía hipotecaria, la propiedad en cuestión, la cual, también cumplía con los requisitos exigidos para garantizar el crédito», enfatiza el vocero de Conape

Como cualquier operación crediticia, todo crédito tiene que estar garantizado, mediante las garantías más comunes que existen: las fiduciarias y las hipotecarias, y el crédito educativo. Estas garantías están establecidas en el Código Civil y en el Código de Comercio.

Por otro lado, la institución mencionó que ellos deben garantizar la recuperación de estos fondos y que por eso solicitan garantías pertinentes, conforme a los reglamentos vigentes para la aprobación del crédito, para garantizar el retorno efectivo de los recursos, en caso que los prestatarios no cancelen la dicha deuda.

Es muy común en las instituciones financieras, que personas jurídicas consientan gravámenes para garantizar créditos de terceros, esta practica es totalmente legal.

 

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