• Conductores podrán renovar su licencia sin problema
  • En noviembre se eliminó esta medida de acumular puntos por infringir la restricción sanitaria

Redacción – Los puntos en la licencia por irrespetar la restricción vehicular sanitaria serán eliminados para 29.128 conductores, según informó el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).

Aplica únicamente para quienes hayan acumulado 6 puntos en su licencia por infringir la restricción vehicular sanitaria antes del 2 de noviembre de 2020, pues después de esta fecha se eliminó para mantener solo la multa económica.

«Desde el momento que se nos notificó de la resolución, iniciamos con un plan de trabajo que nos permita de la manera más ágil y eficiente asegurarnos que todos aquellos usuarios que se vieron afectados con acumulación de puntos por infringir el artículo de la restricción vehicular sanitaria, puedan ver la reversión de puntos los antes posible», explicó el director ejecutivo del Cosevi, Edwin Herrera Arias.

El Cosevi informó que ya se reportan 14.274 usuarios a quienes se les eliminaron los puntos.

Esta medida permitirá que las personas que deben renovar su licencia, puedan realizar el trámite sin problema y reacreditarse nuevamente como conductores. 

Además, ya no será necesario realizar el curso de reeducación vial para los conductores que debían aplicarlo.


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A las personas que tengan matriculado el curso de reducción y no deban aplicarlo, se les notificará con anterioridad o al primer día de clases, según informó el MOPT.

En el caso de los usuarios que ya habían pagado el curso de reeducación y ahora se vieron beneficiados con esta medida, deben llenar y remitir el formulario de solicitud de devolución de dinero el cual se encuentra en la página web oficial del Cosevi, indicando el número de cuenta IBAN a nombre del solicitante.

El formulario debe ser firmado con firma digital en PDF o escaneado con firma manual. Deberá enviarlo al correo electrónico devoluciondinero@csv.go.cr .

El usuario debe emitir la siguiente información:

  • Imagen legible del documento de identidad vigente (cédula de identidad en caso de ser costarricense y cédula de residencia o pasaporte en caso de ser extranjero).
  • Comprobante de pago emitido por el Banco, el cual tiene validez de un año después de su fecha de emisión, por lo que la solicitud de devolución debe efectuarse dentro del plazo indicado.