Redacción. Las obras de bajo impacto ambiental como plataformas de observación, puentes colgantes y elementos de señalización que permitan el acceso observación y disfrute de las zonas naturales se podrán realizar en las áreas de protección, así lo acordaron los diputados de la Comisión Permanente Especial de Ambiente al aprobar una moción de fondo presentada al Expediente 22.401.
«La aprobación de la reforma se mantiene el espíritu original del proyecto sin afectar a los sectores productivos lo que aseguró es importante para el desarrollo de actividades turísticas», aseguró Pablo Heriberto Abarca Mora.
La comisión también tramito cinco mociones de fondo presentadas al Expediente 22.423. Interpretación auténtica del artículo 39 y adición de un nuevo artículo 39 bis a la Ley de biodiversidad de las cuales sólo se aprobó la primera que modifica el título del proyecto.