Foto: Nueva República.

Redacción-La Procuraduría de la Ética Pública en su condición de abogado del Estado le esta pidiendo 10 millones de colones al diputado de Nueva República, Jonathan Prendas, por presuntas faltas al Deber de Probidad, en relación con la aceptación de una dádiva.

También interpuso la respectiva denuncia penal ante la Fiscalía General de la República con motivo de su asistencia a un Congreso fuera del país, en la última semana de febrero del 2019, y cuyos gastos de transporte aéreo y estancia, aparentemente, habían sido sufragados en forma privada.

Los hechos que se querellan constituyen delitos de Enriquecimiento Ilícito, porque en apariencia el diputado Prendas admitió una dádiva ofrecida en consideración a su cargo como Diputado por un sujeto privado, consistente en un viaje a España con boletos aéreos, traslados, entre otros; sufragados de manera privada.

Y porque percibió el pago de dietas correspondientes a sesiones de la Asamblea Legislativa durante los días que estuvo en dicho viaje, delitos previstos y sancionados en el Código Penal y la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública respectivamente.

Además, se demanda civilmente el resarcimiento del daño social derivado de dichos delitos, y que asciende a una suma total de DIEZ MILLONES DE COLONES (¢10.000.000) así como la indemnización por el daño material ocasionado y las costas correspondientes.

Este proceso, por tratarse de un Diputado en ejercicio, se tramita con el procedimiento especial para Juzgar Miembros de los Supremos Poderes, el cual requiere dentro del trámite a seguir, que la Corte Suprema de Justicia, autorice la prosecución penal –si así lo estima pertinente- y remita el proceso a la Asamblea Legislativa, para que se realice el procedimiento de levantamiento de fuero de improcedibilidad conforme lo establece la Constitución Política y el Reglamento de la Asamblea Legislativa.

En cuyo caso, si se levanta el fuero, el procedimiento seguirá en la Sala de Casación Penal, que es la competente para tomar la declaración al Diputado, conferir audiencia para que las partes ofrezcan prueba y señalar fecha y hora para celebrar el juicio oral y público.

En caso de que se acabe el periodo constitucional en el transcurso del procedimiento, el mismo pasa a ser un procedimiento de la vía ordinaria.