• Contribuyentes que utilizan la factura electrónica en la totalidad de sus operaciones no deben presentar esta declaración.
  • Y por cada error en la declaración, la multa es de 1% de un salario base.  

Redacción- Los contribuyentes que todavía utilizan en sus operaciones algunas facturas de papel tienen hasta este lunes para presentar la Declaración Informativa.

Las declaraciones informativas son aquellas que proporcionan información de una persona física o jurídica referente a su relación económica, financiera y profesional con otras personas.

 Guillermo Smith, presidente del Colegio de Contadores Públicos indicó que la declaración informativa D-151 “Declaración anual resumen de clientes, proveedores y gastos específicos”, es para declarar los clientes, proveedores y gastos específicos, los datos a reportar son sobre las transacciones realizadas del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año y debe presentarse a más tardar este lunes 28 de febrero de este 2022.

Lo que debe incluir el contribuyente es el número de identificación y el monto acumulado por cada uno de los clientes, proveedores u otro derivado de las ventas o compras, de bienes o servicios, según corresponda.

“Dentro de esta declaración no es necesario incluir las operaciones que estén respaldadas por comprobantes electrónicos de conformidad con el Decreto N.º 41820-H Reglamento de Comprobantes Electrónicos y sus reformas, y lo que corresponde a importaciones y exportaciones de bienes. Por lo tanto, las transacciones respaldadas con comprobantes físicos o en papel si deben reportarse en el D-151”, explicó Smith

Es importante tener en cuenta que el monto a reportar no debe de incluir los impuestos de ventas y consumo. Y en caso de haber notas de crédito por devolución deben de estar aplicadas al monto.

Los contribuyentes tienen hasta este 28 de febrero de 2022 para presentar esta declaración, de lo contrario podría recibir una multa.

La sanción establecida en el Artículo 83 del Código de Normas y Procedimientos es de 2% de los ingresos brutos, con un mínimo de 3 salarios bases (₡1.386.600) y un máximo de 100 (₡46.220.000). Y por cada error la multa es de 1% de un salario base.

Con la llegada de la facturación electrónica, muchos contribuyentes ya realizan la totalidad de sus operaciones comerciales con comprobante digital, por lo que son pocos los que tienen que presentar este trámite, por ejemplo, debe de reportarse el pago por servicios de transporte a una persona que trabaja de forma independiente si no han sido respaldados con una factura electrónica de compra.

Si usted tiene dudas puede asesorarse con un Contador Público Autorizado o bien consultar al Colegio de Contadores Públicos llamando al 2297 0045.