Redacción- Desde este lunes 14 de marzo,  comenzaron a regir las nuevas comisiones máximas de adquirencia e intercambio para tarjetas de pago.

Lo anterior, en cumplimiento con lo establecido en el Reglamento del Sistema de Tarjetas de Pago, publicado por el Banco Central de Costa Rica (BCCR) el 14 de enero en su sitio web y en el diario oficial La Gaceta.

Este Reglamento se funda, a su vez, en la Ley N°9831, Ley de Comisiones Máximas del Sistema de Tarjetas.

De acuerdo con los artículos 38 a 42 del citado Reglamento, a partir de hoy las comisiones máximas de adquirencia, es decir, las comisiones máximas que se podrán cobrar al comercio afiliado por la aceptación de pagos con tarjetas serán:

  • Pagos con tarjetas de emisores nacionales un 2,25%
  • Pagos con tarjetas de emisores extranjeros un 2,50%

Dichos montos son aplicables para todos los tipos y montos de transacción, todos los tipos de dispositivos de pago y todas las actividades comerciales, salvo las actividades diferenciadas.

Las actividades diferenciadas se le aplicará un 1,50%, se le aplica a los pagos con tarjetas de emisores nacionales y extranjeros, tipos y montos de transacción y tipos de dispositivos de pago.

a) Estaciones de servicio.
b) Organizaciones de beneficencia.
c) Servicios de transporte regulados por la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP).
d) Peajes.