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  • Las salas deben contar con espacio mínimo de 6 metros cuadrados.

Redacción- Toda persona empleadora que tenga trabajadoras en periodo de lactancia está obligada a acondicionar salas de lactancia materna con el propósito de que las madres amamanten sin peligro a sus hijos e hijas, puedan extraerse la leche y también almacenarla en un espacio adecuado en su lugar de trabajo, así lo establece el artículo 100 del Código de Trabajo.

Por ello, la persona empleadora queda obligada a proporcionarle a la madre durante su jornada laboral, los intervalos de tiempo para disponer de la sala, ello de conformidad con el párrafo segundo del artículo 97 del Código de Trabajo, pues el tiempo de extracción de leche materna es independiente de la hora de lactancia materna, pues obedece a una necesidad fisiológica que la mujer no puede controlar.

Las salas de lactancia materna deben contar con las condiciones mínimas para su operación y por ello, el Decreto 41080-MTSS-MS establece que las salas deben contar con espacio mínimo de 6 metros cuadrados, contar con buena iluminación y ventilación. Además, deben disponer de lavamanos, jabón dispensador, mesa, sillas y una refrigeradora de al menos 38 litros de capacidad para uso exclusivo de la conservación de la leche materna.

Por eso, la Defensoría de los Habitantes afirma que si la empresa para la que usted labora no cumple con la obligación de acondicionar salas de lactancia materna para uso de las trabajadoras en periodo de lactancia, o conoce de alguna situación en particular,  puede denunciar el incumplimiento ante la Oficina de Inspección del Ministerio de Trabajo en caso de empresas privadas y, ante la Defensoría de los Habitantes si labora en una institución pública.

 El correo de la Defensoría para presentar el caso o la consulta es correspondencia@dhr.go.cr, a través de la línea gratuita 800-2587474 o por el formulario disponible en el sitio web www.dhr.go.cr.

La Defensoría de los Habitantes actualmente investiga una denuncia presentada contra un área de salud de la CCSS sobre las condiciones que tienen estas funcionarias para la extracción de la leche materna.