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¿Aceptaron en la Asamblea las condiciones de la presidenta de la CCSS? Esto dijo Rodrigo Arias

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Redacción: El presidente de la Asamblea Legislativa, Rodrigo Arias, aseguró que no aceptó los condicionamientos propuestos por la presidenta de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), Marta Eugenia Esquivel, para asistir a las convocatorias a las comisiones del Congreso.
Petición de Marta Esquivel
En una carta enviada por Marta Esquivel, a Rodrigo Arias, presidente del Congreso, se confirma que no irá a más audiencias en comisiones legislativas si no cuenta con protección.
En una misiva dirigida al presidente de la Asamblea Legislativa, la jerarca interpuso una “formal denuncia por los eventos acaecidos el día 25 de enero del 2024, después de mi comparecencia ante la Comisión de Ingreso y Gasto Público”.
Esquivel dijo que a la salida del recinto fue “abordada por un número indeterminado de periodistas quienes prácticamente se abalanzaron sobre mi persona, empujándome y obstruyendo mi salida, colocando mi integridad física en peligro, mientras que, según se observa en videos que circulan en redes sociales, la diputada Dinorah Barquero Barquero caminaba detrás incitándolos”.
Respuesta de Arias
Tras la situación, el presidente del Congreso le recuerda que “la división de Poderes establecida en nuestra Constitución Política le establece como una atribución a esta Asamblea Legislativa el control político sobre todas las actuaciones de los órganos y funcionarios del Estado.
De igual forma le detalló que “con respecto a esa función de control político, el deber de asistir a las comparecencias tiene además rango constitucional, según lo dispuesto en el inciso 23 del artículo 121 de nuestra Carta Magna, que, en lo que interesa, dispone que las Comisiones “Podrán recibir toda clase de pruebas y hacer comparecer ante sí a cualquier persona, con el objeto de interrogarla””. 
Esa obligación de asistencia está también desarrollada en el artículo 112 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, que dice así:
ARTÍCULO 112.- Requerimiento de funcionarios y particulares
Corresponde al Presidente de la Comisión, previa moción aprobada al efecto, requerir la presencia de aquellos funcionarios y particulares cuya comparecencia en la comisión se considere necesaria para la decisión del asunto que se discute, con el propósito de que sean interrogados por los diputados.
Toda persona deberá asistir al ser convocada, salvo justa causa, y, en caso de renuencia, será conducida por la Fuerza Pública. La persona citada podrá asistir acompañada de un abogado, y negarse a declarar en los casos en que así la faculte la Constitución o la ley, y cuando se trate de asuntos diplomáticos, jurisdiccionales o militares pendientes.

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