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Tribunal rechaza solicitud de Huawei para suspender reglamento de ciberseguridad 5G

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Redacción- El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, rechazó el 20 de febrero la solicitud presentada por la empresa Huawei Technologies Costa Rica S.A. (Huawei) para suspender el Reglamento sobre medidas de ciberseguridad aplicables a los servicios de telecomunicaciones basados en la tecnología 5G y superiores, Decreto Ejecutivo N.º 44196-MSP-MICITT de 2023.

Huawei había solicitado una medida cautelar para frenar la aplicación de este reglamento, que establece requisitos específicos de seguridad para el desarrollo de la infraestructura de la red 5G en Costa Rica. Sin embargo, el Tribunal argumentó que la solicitud de la empresa no cumplía con los requisitos necesarios para otorgar la medida cautelar, principalmente porque no se demostró con pruebas suficientes el daño que la existencia del reglamento podría causar a Huawei.

En su resolución, el Tribunal también subrayó que la solicitud de Huawei parecía tener el objetivo de lograr una excepción en el proceso licitatorio del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) para la implementación de la red 5G, lo cual consideraron como una posible lesión al ordenamiento jurídico.

El Tribunal señaló que la suspensión del reglamento podría poner en riesgo la protección de los usuarios de telecomunicaciones en Costa Rica, pues el reglamento fue diseñado para garantizar la seguridad nacional y la soberanía cibernética del país en el contexto de las amenazas transfronterizas.

Además, destacaron que la afectación que Huawei alegaba no provenía directamente del reglamento, sino de la etapa del proceso licitatorio en el que aún no se ha adjudicado a ningún oferente.

«En una era donde las redes avanzadas como la 5G se convertirán en la columna vertebral de su infraestructura crítica, este convenio ofrece una herramienta fundamental para proteger su sociedad digital globalizada contra las amenazas cibernéticas transfronterizas», citó el Tribunal, refiriéndose a la importancia del marco normativo de ciberseguridad reforzado por el Convenio de Budapest.

El Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) ha reiterado en varias ocasiones, respaldado por la Sala Constitucional, que el reglamento no es discriminatorio ni violatorio de tratados internacionales.

Para el MICITT, el objetivo es proteger los derechos e intereses de los usuarios de telecomunicaciones, garantizando la privacidad, la protección de datos personales y la seguridad de las redes móviles 5G.

El Tribunal, al no hallar base para el daño alegado por Huawei, determinó que el interés público en garantizar la seguridad nacional y la ciberseguridad prevalecía sobre el interés particular de la empresa.

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