- Medicamento es el más apropiado según Sala IV
Redacción- La Sala Constitucional le ordenó a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) entregar fármaco a asegurado que está fuera de Lista Oficial de Medicamentos.
Interconsultor médico (imparcial en el caso) determinó que el medicamento prescrito era el más adecuado para entregarle a paciente pese a no formar parte de la lista.
«La Sala Constitucional, garante de la dignidad, los derechos y libertad de las personas, declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto contra la Caja Costarricense del Seguro Social por un paciente que padece hipertensión pulmonar, quien reclamó que el Comité Central de Farmacoterapia de esta institución le rechazó la solicitud del fármaco “Riociguat” (que no forma parte de la Lista Oficial de Medicamentos), pese a que este le fue prescrito por su médico tratante en el Hospital México», comunicó la Sala IV.
Para llegar a esta resolución se contó con el criterio de un interconsultor médico especialista en Neumología, nombrado a través del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, el cual concluyó que la prescripción del medicamento realizada es la más adecuada, pues el fármaco en cuestión es el único que se encuentra aprobado por la literatura médica para el tipo de condición en la que se encuentra el amparado, además no existe contraindicación alguna para que este se le suministre.
«La Sala tiene muy claro que se está en sede jurisdiccional-constitucional, y no técnico-médica y que, por esta razón, se respeta el análisis del perito nombrado a tal efecto, que es un tercero imparcial y cuya opinión técnica ha sido contundente en cuanto a la situación del paciente», destacó el magistrado instructor, Luis Fernando Salazar Alvarado.
En la Sentencia N° 2019-015241 del viernes 16 de agosto, los magistrados y magistradas, por unanimidad ordenar a la CCSS entregar el medicamento.