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Redacción-La Defensoría de los Habitantes solicitó a las autoridades de los Ministerios de Obras Públicas y Transportes y de Salud, incluir a las personas con discapacidad que porten el carnet que las identifica como tal, dentro de las excepciones para la restricción vehicular con motivo de la atención de la pandemia actual.

Esta intervención de la Defensoría se da tras recibir denuncias en las que se plantea que oficiales de tránsito no han permitido la circulación de automóviles conducidos o que transportan personas con discapacidad, por cuanto lo que portaban era un carnet expedido por el Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (CONAPDIS).

Ese carnet se expide en virtud a que a dicho Consejo le corresponde mediante el Decreto Ejecutivo N° 40727- MP-MTSS certificar la condición de discapacidad de una persona.

Dentro de las excepciones vigentes, contempladas en los diferentes decretos que se han dictado, se encuentran “los vehículos conducidos o que transporten personas con discapacidad, cuando esos vehículos estén debidamente identificados”.

En razón de lo anterior, la Defensoría procedió a solicitar información a la Dirección General de la Policía de Tránsito. Por su parte, la Dirección mencionada indicó mediante el oficio N° DVT-DGPT-2020-158 “que la redacción de la excepción no hace alusión al carnet expedido por el CONAPDIS y, únicamente como tema de demostrabilidad, el oficial debe corroborar que el vehículo que transporta al ciudadano en condiciones especiales, debe estar debidamente autorizado”.

Agrega dicho oficio “que se propuso a los encargados de los decretos que se incluyera en la excepción que se analiza, todas aquellas personas con discapacidad que se encuentran debidamente identificada como tal mediante el carnet que expide el CONAPDIS”.

La Defensoría solicitó, en un oficio enviado a los jerarcas del MOPT y de Salud, su intervención urgente con el fin de que se adopten las medidas necesarias para solventar dicha situación.