Minor Solis/Asamblea Legislativa.
Redacción.   Una serie de mociones se aprobaron este jueves en la Comisión de Gobierno y Administración donde se analiza el proyecto de ley de empleo público.
Una de ellas tiene que ver con fijar un máximo de 20 días al año las vacaciones del sector público, esto se aprobó mediante la moción 362 del diputado del Frente Amplio José María Villalta.
La otra pretensión es que se incorpore la dedicación exclusiva cuando se calcule el salario global de cada puesto.
El salario global incluiría a los funcionarios del Poder Judicial, las Universidades Estatales, Municipalidades, el Tribunal Supremo de Elecciones y las entidades autónomas.

 

Según explicó el legislador y jefe de fracción del Partido Liberación Nacional, Luis Fernando Chacón, nunca se ha buscado sacar a estas instituciones de la aplicación del proyecto, pero si se pretende respetar la autonomía.

El diputado de la Unidad Social Cristiana, Pablo Heriberto,  Abarca explicó que con este cambio todas las instituciones deberán sentarse con el Ministerio de Planificación y con el Servicio Civil a negociar su escala de salario global, aunque dijo que no sabe realmente cuánto margen tendrá el ente rector para negociar luego de que se aprobara la modificación que tiene que ver con la autonomía universitaria. 

En total hoy fueron conocidas las mociones que comprenden de la 264 a la 375 y de esas fueron aprobadas 19 mociones en total.

Una moción importante es la 281 que modifica el artículo 27 de la iniciativa y que trata sobre la evaluación del desempeño y se agrega un párrafo para este sea el instrumento de mejora continua, objetivo, sin perjuicio en contra del servidor por injerencia política, persecución, acoso laboral o eventuales denuncias.

Además, la 283 que adiciona un párrafo final al artículo 27 de la propuesta para que las instituciones de educación universitaria superior emitan sus propias disposiciones en cuanto a la evaluación de desempeño.

La moción #317  agrega un inciso k) al artículo 31 con el fin de que se reconozcan las diferencias por paridad del poder adquisitivo que se producen por el ejercicio del cargo destacado en el extranjero con el fin de equiparar el poder adquisitivo de cada puesto, conforme a las variables económicas de cada país de destino.