- Los contribuyentes deberán realizar el cálculo de la proporcionalidad del IVA correspondiente al 2022 e incluirlo en su declaración
Redacción- El próximo 15 de enero del 2023, a más tardar, los contribuyentes deberán presentar su declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) correspondiente al mes de diciembre 2022.
No obstante, esta declaración tiene una particularidad: los contribuyentes deberán realizar el cálculo de la proporcionalidad del IVA correspondiente al 2022 e incluirlo en su declaración.
De acuerdo a la información, con esto se busca calcular el IVA real que el contribuyente debe cancelar a la Administración Tributaria por el período fiscal 2022.
¿Cómo se realiza el cálculo de la proporcionalidad del IVA?
Lo que el contribuyente debe realizar es hacer una separación de los créditos fiscales cuando se adquieren productos o servicios.
Es decir, este crédito (IVA) que estoy pagando en cada compra corresponde a tarifa plena (13%) o a tarifas diferenciadas (Exento, 1%, 2%, 4% u 8%).
Una vez determinado esto, hay que analizar el tipo de ingreso que el contribuyente tenga; es decir, el tipo de servicio y la tasa del IVA al que este se venda. Esto porque la proporcionalidad es establecida por el tipo de ingreso que el contribuyente tenga.
¿Quiénes deben calcular la proporcionalidad?
De acuerdo con el experto Alberto Porras, no son todos los contribuyentes quienes deben calcular y presentar la proporcionalidad del IVA.
Solo lo deberán hacer quienes hayan vendido servicios con tarifas diferenciadas.
Asimismo hay ciertas excepciones que, aunque se vendan productos con tarifas diferenciadas, tienen derecho a registrarlos bajo tarifa plena; es decir, a acreditarse el 100% de sus créditos fiscales. Ejemplos de ellos son los sectores agropecuarios y canasta básica.
Recuerde que es importante hacer esta proporcionalidad de manera correcta, debido a que si no se hace o se hace mal, el contribuyente se expondrá a multas.