Redacción- Los conductores que fueron multados durante el receso de fin de año, a saber, entre el viernes 22 de diciembre de 2017 y el lunes primero de enero de 2018, tienen tiempo hasta este lunes, 15 de enero, para impugnar alguna multa que consideren les fue impuesta de manera injusta o incorrecta.

Son 10 días hábiles los que tienen los conductores o dueños registrales de los vehículos para impugnar una multa, de ahí que los días entre el 23 de diciembre (sábado) y el primero de enero (feriado) no cuentan como tales, tomando en cuenta que el Consejo de Seguridad Vial estaba cerrado, sea por vacaciones, fines de semana o festivos.

Para apelar, los interesados pueden recurrir al correo electrónico o al fax, como alternativas a visitar una sede del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI).

El Director Jurídico del Consejo, Lic. Carlos Rivas, enfatizó en estas alternativas o visitar sedes distintas a la ubicada en La Uruca, debido a que hay un gran número de personas tramitando la devolución de vehículos, licencias o placas que fueron retenidas durante el receso e incluso antes.

Rivas también insistió en que existen oficinas para impugnar en todo el país, pero lamentablemente muchas personas creen que solo se puede realizar en San José, lo que genera una saturación en las oficinas centrales.

El representante del COSEVI lamentó toparse con casos de personas que viajan desde lugares lejanos para impugnar, gastando dinero en transporte y alimentación. Existen sedes en muchas partes del país, en sitios tan lejanos como Osa, Pérez Zeledón, también en San Carlos, San Ramón, Limón o Liberia, por dar unos ejemplos.

El funcionario enfatizó en la necesidad de tener una actitud responsable al impugnar, porque finalmente, si la persona no tiene la razón, tendrá que pagar la multa de todos modos. Recurrir al servicio solo para probar suerte genera el gasto de recurso humano y material para la Institución.

Procedimiento para Impugnar

Las personas pueden apelar un parte en la sede de COSEVI más cercana al sitio donde recibieron la multa, para mayor facilidad del trámite, o bien, donde le resulte más cercano a la casa o al trabajo, si es que realizarán el trámite de manera personal.

Existen 12 Unidades de Impugnaciones en el país; pero como lo indicó el funcionario, se ofrecen las opciones de fax y correo electrónico, para que las personas no deban trasladarse a alguna sede. El correo disponible es recepción-impugnaciones@csv.go.cr, cumpliendo como requisito fundamental que el escrito incluya Firma Digital y que ésta le pertenezca a quien está impugnando. De sobra está indicar que la Firma Digital no requiere autenticación de un abogado.

La Firma Digital aceptada es únicamente las expedidas por una oficina del Registro Oficial del Banco Central de Costa Rica autorizada para emitir estos certificados. De igual manera, se puede enviar por fax, al número 2010-4701 en San José, o al número de fax de cualquier otra sede (Ver cuadro con la información abajo).