Redacción – En el año 2011, la Oficina Subregional de Coto en el Área de Conservación Osa interpuso ante la Fiscalía de Osa una denuncia por el aprovechamiento ilegal de 10 árboles de diferentes especies, en área de protección de una quebrada sin nombre, dentro de una finca privada, en el sector de San Francisco de Tinoco, esto gracias a la denuncia interpuesta ante nuestras oficinas por parte de los propietarios del inmueble.

Pese a que en el sitio existía un permiso bajo la modalidad de certificado de origen de un sistema agroforestal, el comprador de la madera y acusado, aprovecho, que una de las copropietarias del inmueble se enfermó y se ausento durante unos días para cortar y extraer varios árboles no incluidos en el certificado de origen y ubicados en el área de protección de una quebrada que atraviesa la finca, actividad prohibida según establece el artículo 33 y 34 de la Ley Forestal N° 7575.

Después de todo el proceso judicial que duro siete años y según la sentencia 220-17 del diecinueve de octubre del 2017 del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, sede Osa, se declara al imputado como autor único y responsable del delito de INFRACCIÓN A LA LEY FORESTAL EN LA MODALIDAD DE APROVECHAMIENTO DE RECURSO FORESTAL EN ÁREA DE PROTECCIÓN, cometido en perjuicio de LOS RECURSOS NATURALES, imponiéndole por esos hechos la pena mínima TRES MESES DE PRISIÓN establecida por artículo 58 de la Ley Forestal.

Cabe resaltar dos grandes logros que se evidencian de esta sentencia, es el hecho de que pese a que no se tenían testigos que hubieran observado al imputado realizando la acción de corta de los árboles, mediante las declaraciones de los testigos (entre ellos copropietarios de inmueble, funcionarios de SINAC y vecinos), se pudo evidenciar como el acuso acepto ante dos testigos haber cometido el delito, por tanto, se demostró su culpabilidad