Redacción – Los diputados de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico dictaminaron dos proyectos de ley que aumenta las penas a quienes porten armas de manera irregular.

Se aprobaron dos reformas a la Ley de Armas y Explosivos N°7530, las cuales pretenden mejorar la regulación de la portación y uso de estos dispositivos.

La primera iniciativa aumentó la sanción de 2 a 4 años de prisión, de aquellas personas que porten un arma de fuego, debidamente inscrita, pero sin contar con el debido permiso. Si el arma no está inscrita o la portación se realiza mientras se comete un supuesto delito, la pena se incrementará un tercio.

En cuanto a las actividades con armas prohibidas, se aumenta la pena de 4 a 8 años de cárcel; además, se aplicará una nueva pena privativa de 10 a 20 años, cuando se realicen actividades con armas de destrucción masiva, armas y  municiones prohibidas por los convenios de Derecho Internacional.

El presidente de la Comisión, el liberacionista Gustavo Viales, reconoció que el objetivo es darle las herramientas necesarias a las autoridades para atacar la ola de violencia, crimen organizado e inseguridad que enfrenta el país.

«Estas son dos iniciativas que hemos venido trabajando también para darle herramientas al Ministerio de Seguridad Pública, como lo hicimos con el bloqueo de señales en las cárceles y como lo estamos haciendo paralelamente, con la ley de extinción de dominio».

La segunda reforma establece la prohibición para la portación de armas a personas que estén siendo procesadas judicialmente o tengan antecedentes relacionados con delitos contra la propiedad, violencia doméstica, delitos contra la vida, contra la libertad, e infracción a la Ley de Estupefacientes y Actividades Conexas; o bien, cuando exista una resolución que inhabilite portar armas mientras se dicta sentencia sobre este tipo de delitos.