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Personas con actividades lucrativas el último año, deben declarar antes del 17 de diciembre

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Redacción-  El próximo lunes 17 de diciembre es la fecha límite para presentar la declaración y pagar, sin recargo, el impuesto sobre las utilidades (renta) 2018.

Esta declaración debe efectuarse por medio del formulario D-101, disponible en la página web www.hacienda.go.cr, sección “Servicios más utilizados”, ícono ATV (Administración Tributaria Virtual).

Esta obligación deben cumplirla las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que hayan realizado actividades o negocios de carácter lucrativo en el territorio nacional, entre el 1 de octubre

del 2017 y el 30 de setiembre del 2018. De acuerdo con el Registro Único Tributario, este año 589.725 contribuyentes deben declarar y pagar.

Una vez presentada la declaración, se puede pagar por medio de conectividad, en el sitio web de las entidades bancarias autorizadas, o en sus ventanillas con solo brindar el número de cédula.

Los contribuyentes que durante este mismo periodo recibieron ingresos por concepto de salarios, jubilación o pensión, deberán anotar el monto exento mensual por esos rubros, en la casilla 46 bis del formulario D-101.

La sanción por no presentar esta declaración es el equivalente al 50% del salario base (¢215.500), más los intereses correspondientes por los días de atraso.

Para mayor información el interesado puede acceder a la página del Ministerio de Hacienda www.hacienda.go.cr apartado “Impuesto sobre la Renta”, ubicado sobre el banner de avisos.

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