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Toda persona nacional o extranjera debe pagar impuesto por salida del país

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  • Tienen la obligación de pagar el impuesto por derecho de salida del territorio nacional

Redacción- Ante la cercanía de la Semana Santa, el Ministerio de Hacienda recuerda a las personas nacionales o extranjeras que tengan previsto salir del país, sea por vía aérea o terrestre, que tienen la obligación de pagar el impuesto por derecho de salida del territorio nacional.

Quien viaje por la vía terrestre debe cancelar $7 ($5 por impuesto, más $2 por servicios de escaneo e inspección a favor del Ministerio de Agricultura y Ganadería MAG).

El pago se puede realizar en las entidades, empresas de transporte público o en negocios recaudadores autorizados por el Banco de Costa Rica, que es la entidad recaudadora de este impuesto. También, con tarjeta de crédito o débito mediante los cajeritos del Banco de Costa Rica, ubicados en los puestos fronterizos terrestres de Paso Canoas, Río Sereno-Sabalito, Tablillas, Sixaola y Peñas Blancas.

El monto a pagar para quien viaje por vía aérea es de $29 ($27 por concepto de impuesto y $2 por servicios de escaneo e inspección, a favor del MAG). Las aerolíneas que incluyen este impuesto dentro del costo del boleto son las siguientes: Aeroméxico, Air Canadá, Air France, Air Panama, Alaska Airlines, American Airlines, Grupo Avianca, British Airways, Cóndor, Copa Airlines, Delta Airlines, Edelweiss, Iberia, Interjet, JetBlue Airways, KLM, Southwest Airlines, Spirit Airlines, United Airlines, Volaris Costa Rica y Volaris México.

En caso de que la aerolínea no incluya el impuesto en el costo del tiquete, debe pagarse en los puestos de cobro del Banco de Costa Rica, ubicados en los aeropuertos Juan Santamaría, Daniel Oduber y Tobías Bolaños.

De la recaudación del impuesto de salida por vía aérea se destinan $12,15 al Gobierno central, $12,85 al Consejo de Aviación Civil, US$1 para ampliación y modernización del Aeropuerto Internacional de Limón, el Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños y los demás aeródromos estatales existentes y US$1 para cumplir con las funciones y responsabilidades que asume el Estado costarricense para el combate del crimen organizado.

Lo obtenido por el impuesto de salida por vía terrestre se distribuye de la siguiente manera: un 50% para sufragar el costo de obras relacionadas con la operación, conservación y ampliación de los puestos fronterizos terrestres, y el otro 50% se gira a las municipalidades de los cantones en cuya jurisdicción se ubiquen los pasos fronterizos terrestres.

Para más información, se puede consultar la página web www.hacienda.go.cr; apartado “Impuesto de  salida”, ubicado sobre el banner de avisos.

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