Iniciativa no buscaría más créditos, sino financiar con impuestos y peajes futuros

Redacción.   El diputado de Restauración Nacional, Carlos Avendaño impulsa el proyecto 21.649, que permitirá echar mano de un nuevo mecanismo para el desarrollo de obra pública en el país.

Consiste en avalar la titularizacion de los denominados flujos futuros, es decir ingresos  tales como: peajes de carretera, recaudación de impuestos, pago de cánones o venta de servicios, del Gobierno central, instituciones descentralizadas, empresas públicas del Estado y municipalidades, para que pueden desarrollar infraestructura sin tener que recurrir a créditos, por ejemplo.

En específico, estos recursos que ahora no son líquidos, se transforman en activos financieros transables mediante la emisión de valores que pueden ser adquiridos por inversionistas.

“El país tiene un rezago en calidad de infraestructura, es urgente dinamizar el desarrollo de obra pública que permita mejorar la competitividad, y reactivar la economía.” sostuvo el diputado Carlos Avendaño.

Para el diputado, es claro que el Estado no tiene los recursos para asumir el desarrollo de obras y con el nivel de las finanzas públicas, continuar por la vía del endeudamiento no es el camino correcto.

Este modelo de titularización ha sido implementado con éxito en países como: El Salvador y Colombia.

“Con la tasa de desempleo, y el nivel de desaceleración económica que tiene el país debemos tomar medidas urgentes. Este mecanismo tiene ventajas como constituir una fuente de financiamiento a largo plazo, son operaciones calificadas para inversionistas como bastantes seguras, lo que a su vez reduce el interés que se debe pagar para captarlos. Estamos dando un impulso a la economía.” indicó el legislador.

La iniciativa de ley dispone que, las entidades y empresas públicas que recurran a la titularización de flujos futuros deberán contar con el criterio favorables de los Ministerios de Hacienda y Planificación, también deberá ser de conocimiento del Banco Central de Costa Rica, los cuales tendrán un plazo máximo de 20 días hábiles para emitir criterio, y los contratos de operación deben ser refrendados por la Contraloría General de la República.